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La justicia española muestra cómo una broma te puede llevar a la cárcel

CC0 / Pixabay / Cárcel
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MADRID (Sputnik) — La Audiencia Nacional condenó a una joven española de 21 años por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo debido a la publicación en Twitter de chistes sobre el almirante Carrero Blanco, dirigente franquista asesinado por ETA en 1973 cuando ostentaba el cargo de presidente del Gobierno.

Según la Audiencia Nacional, los comentarios de la joven constituyen "desprecio, deshonra, descrédito, burla y afrenta a personas que han sufrido el zarpazo del terrorismo y a sus familiares".

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El tribunal considera que esa actitud "irrespetuosa y humillante" encaja dentro del delito de humillación a las víctimas y establece, en consonancia con las peticiones de la Fiscalía, una pena de un año de prisión para la joven.

En total, son 13 tuits publicados entre 2013 y 2016 los que motivan la decisión de la Audiencia Nacional.

"ETA impulsó una política contra los coches oficiales combinada con un programa espacial", bromeó la joven sobre el atentado que costó la vida a Carrero Blanco, que murió por el estallido de un artefacto explosivo durante su trayecto diario en coche a su lugar de trabajo tras acudir a misa.

Otro de los chistes hace referencia a que "Kissinger le regaló a Carrero Banco un trozo de la luna" mientras que "ETA le pagó un viaje a ella".

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Según la Audiencia Nacional, estos comentarios resultan humillantes para las víctimas del terrorismo a pesar de que el atentado fue hace más de 40 años.

"La lacra del terrorismo persiste, aunque con menor intensidad, y las víctimas del terrorismo constituyen una realidad incuestionable, que merecen respeto y consideración, con independencia del momento en que se perpetró el sangriento atentado", manifiesta la sentencia.

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Además, el tribunal considera que "no resultan convincentes" las declaraciones de la joven, que en sede judicial intentó explicar que sus comentarios se situaban en un "tono humorístico".

"Sus frases, adicionadas la mayoría de las veces con elocuentes imágenes, refuerzan aún más su carácter de descrédito, burla y mofa a una víctima del terrorismo", insiste la sentencia.

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El pasado mes de enero, un informe de Amnistía Internacional denunció que la legislación española "ahoga la libertad de expresión" al permitir que la gente "pueda ser procesada por actos que tienen un vínculo sumamente tenue con una conducta delictiva real".

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