Según comunicó el Tribunal Supremo, el juez acordó mantener "la medida cautelar de prisión provisional comunicada" y denegar "los permisos extraordinarios para poder acudir al Parlamento de Cataluña al acto de investidura previsto para el próximo lunes 12 de marzo".
En su auto, el juez recuerda que Jordi Sánchez —actual diputado de la coalición Junts Per Catalunya y expresidente de la organización civil Asamblea Nacional Catalana— participó "en un concierto de voluntades" para proclamar una república independiente "fuera de todo cauce legal".
El magistrado argumentó su decisión de no permitir la puesta en libertad de Sànchez afirmando que en su caso existe riesgo de reiteración delictiva, ya que los delitos investigados se desplegaron "desde actuaciones legislativas y ejecutivas claramente ilegales".
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El auto destaca que, en su candidatura electoral, Jordi Sànchez "se opuso expresa y permanentemente a abordar cualquier gestión política que no sea la de implementar la república que declararon".
Sobre la petición de Sànchez para obtener un permiso específico para acudir al pleno de investidura, el magistrado afirma que "aunque cualquier ciudadano tiene el reconocimiento de optar a una investidura democrática y representativa", esta facultad "no desactiva" la "obligación judicial" de velar por el ejercicio del derecho sobre una persona a la que se atribuye "una grave actuación delictiva".
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La denegación del permiso para que Sànchez acuda al pleno vuelve a colocar a la política catalana en una situación de bloqueo, ya que, según el Tribunal Constitucional, la presencia física del candidato en la cámara es condición necesaria para que el proceso tenga validez.