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Un juez niega al candidato a la Presidencia de Cataluña el permiso para salir de prisión

© Sputnik / Kris ArnoldTribunal Supremo de España
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MADRID (Sputnik) — El juez Pablo Llarena del Tribunal Supremo denegó la solicitud presentada por el candidato a la Presidencia de Cataluña, el independentista Jordi Sànchez, para abandonar la prisión y someterse a la sesión de investidura programada para el próximo 12 de marzo en el Parlamento catalán.

Según comunicó el Tribunal Supremo, el juez acordó mantener "la medida cautelar de prisión provisional comunicada" y denegar "los permisos extraordinarios para poder acudir al Parlamento de Cataluña al acto de investidura previsto para el próximo lunes 12 de marzo".

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Sànchez se encuentra en prisión preventiva en la cárcel madrileña de Soto del Real desde el 16 de octubre de 2017, investigado por el Tribunal Supremo por la presunta comisión de delitos de rebelión y sedición durante el proceso independentista puesto en marcha la pasada legislatura.

En su auto, el juez recuerda que Jordi Sánchez —actual diputado de la coalición Junts Per Catalunya y expresidente de la organización civil Asamblea Nacional Catalana— participó "en un concierto de voluntades" para proclamar una república independiente "fuera de todo cauce legal".

El magistrado argumentó su decisión de no permitir la puesta en libertad de Sànchez afirmando que en su caso existe riesgo de reiteración delictiva, ya que los delitos investigados se desplegaron "desde actuaciones legislativas y ejecutivas claramente ilegales".

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El auto destaca que, en su candidatura electoral, Jordi Sànchez "se opuso expresa y permanentemente a abordar cualquier gestión política que no sea la de implementar la república que declararon".

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Del mismo modo, considera que el diputado independentista "empleó su liderazgo en desbordar y sobrepasar la fuerza que un Estado democrático puede aplicar para la observancia de la ley".

Sobre la petición de Sànchez para obtener un permiso específico para acudir al pleno de investidura, el magistrado afirma que "aunque cualquier ciudadano tiene el reconocimiento de optar a una investidura democrática y representativa", esta facultad "no desactiva" la "obligación judicial" de velar por el ejercicio del derecho sobre una persona a la que se atribuye "una grave actuación delictiva".

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La denegación del permiso para que Sànchez acuda al pleno vuelve a colocar a la política catalana en una situación de bloqueo, ya que, según el Tribunal Constitucional, la presencia física del candidato en la cámara es condición necesaria para que el proceso tenga validez. 

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