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Puigdemont y sus consejeros son citados a declarar en Madrid del 2 al 3 de noviembre

© AP Photo / Emilio MorenattiCarles Puigdemont, presidente catalán
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MADRID (Sputnik) — La Audiencia Nacional admitió a trámite la querella por delitos de rebelión, sedición y malversación contra el presidente cesado del Gobierno catalán, Carles Puigdemont y otros 13 miembros de su Gabinete, que fueron citados a declarar en Madrid entre el 2 y 3 de noviembre.

"En el mismo auto en el que la magistrada se declara competente para investigar los hechos acuerda como primera diligencia citar a los 14 querellados, en calidad de investigados, para el próximo jueves, 2 de noviembre, y el viernes, 3 de noviembre", informó la Audiencia Nacional.

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La querella presentada el 30 de octubre por el Fiscal General del Estado recomendaba a la Audiencia Nacional la citación urgente de los dirigentes independentistas y sugería que, en caso de incomparecencia, deberá emitirse una orden de detención.

De esta manera, el cesado presidente catalán, que se encuentra en Bruselas, deberá acudir a Madrid si quiere evitar que se presente una orden de detención en su contra.

Además de las citaciones, Carmen Lamela acuerda fijar a los 14 querellados una fianza de 6.207.450 euros con apercibimiento de embargo si no la depositan en el plazo de tres días.

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En la querella presentada el 30 de octubre por el Fiscal General del Estado, se interesaba el pago de esa cantidad por parte de los investigados como forma de reponer los gastos vinculados a la celebración del referéndum del 1 de octubre, declarado nulo por el Tribunal Constitucional.

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En el auto emitido este 31 de octubre, la jueza Carmen Lamela, encargada del caso, explica que el procedimiento está en fase inicial, por lo que la admisión a trámite no constituye todavía un acto de imputación judicial.

De acuerdo con el relato de la Fiscalía, los querellados "urdieron una estrategia de la que habría de ser todo el movimiento secesionista, perfectamente organizada, y con reparto de papeles entre las autoridades gubernamentales, parlamentarias y asociaciones independentistas que llevaron a la celebración del referéndum ilegal el día 1 de octubre y a la declaración de independencia aprobada en el Parlamento el pasado 27 de octubre".

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El Código Penal español contempla penas de hasta 30 años de prisión para aquellas personas que sean declaradas culpables de delitos de rebelión.

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De acuerdo con el artículo 472 del Código Penal, son reos del delito de rebelión aquellas personas que "se alzaren violenta y públicamente" en escenarios que supongan —entre otras cuestiones— la suspensión de la Constitución, despojar de sus facultades al Rey, o declarar la independencia unilateral de una parte del territorio.

Diferentes actores del independentismo, entre ellos Carles Puigdemont, manifestaron en las últimas horas su rechazo a los términos de la querella porque, a su modo de ver, no se produjo ningún alzamiento violento.

Sin embargo, el escrito del Ministerio Fiscal cree que la respuesta ciudadana motivada por las decisiones políticas del Gobierno catalán y la Mesa del Parlamento es suficiente para acreditar elementos de violencia.

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"Para la consecución del fin secesionista que guiaba la conducta de todos los querellados, estos se valieron de la población en incesantes actos de insurrección pública, desobedeciendo o resistiendo colectivamente la autoridad legítima del Estado, ocupando al efecto carreteras, calles o edificios públicos, y sometiendo a los agentes de la autoridad a un incesante acoso en actos que alcanzaron dimensión suficiente para colmar el elemento de violencia que requiere el tipo", argumenta la querella presentada por la Fiscalía.

La admisión a trámite de la querella presentada en la Audiencia Nacional llega el mismo día en que el Tribunal Supremo se declaró competente para juzgar a los seis miembros de la Mesa del Parlament a los que la Fiscalía también atribuye delitos de rebelión.

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