Finalmente, el artículo pactado queda así: "Los delitos de terrorismo a los que se refiere el apartado 1 del artículo anterior serán castigados con las siguientes penas: Con la de prisión por el tiempo máximo previsto en este Código si se causara la muerte de una persona".
La máxima pena prevista en el nuevo Código Penal que aprobará en última instancia el Senado en breve ya hace referencia a la prisión revisable.
"Cuando gobernemos, suprimiremos del Código Penal esa figura", afirmó su secretario general, Pedro Sánchez, la semana pasada.
Por su parte, el partido de Rajoy defiende que las penas de cárcel para delitos muy graves, entre las que se contempla el terrorismo, serán revisadas tras cumplir entre 25 y 35 años de la condena, pero tendrá una duración indefinida. En ese momento se realizará un pronóstico para saber si el condenado es favorable a la reinserción social, y de no ser así, podrá continuar en prisión.