El recurso de la Fiscalía mantiene que los hechos "fueron realizados mediante intimidación suficiente para anular la voluntad de la víctima".
Actualmente, los cinco integrantes de La Manada están condenados a 9 años de prisión cada uno como culpables de un delito de abuso sexual con prevalimiento.
Según el Código Penal español, la diferencia entre delitos de abuso sexual y de agresión sexual —en los que se enmarcan los casos de violación— se encuentra en que en los primeros supuestos no media intimidación y violencia, mientras que en los segundos sí.
Los sucesos concernientes a este caso tuvieron lugar durante las fiestas de los Sanfermines de Pamplona en el mes de julio de 2016.
Desde entonces, el caso sobre La Manada concentró una gran atención mediática y social, avivando debates sobre la necesidad de medidas que impulsen la protección de las mujeres ante la violencia machista.
Vídeo: "No es abuso, es violación": Pamplona protesta contra el fallo de 'la Manada'
La sentencia sobre el caso generó una gran polémica porque el tribunal descartó valorar los hechos como un delito de agresión sexual, al entender que no hubo violencia o intimidación hacia la víctima porque ésta no se enfrentó a los agresores.
En el recurso presentado este jueves, la Fiscalía del Tribunal Supremo asegura que "no es admisible forzar el derecho hasta extremos de exigir de las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores".
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Los miembros de La Manada fueron detenidos el 9 de julio de 2016 y estuvieron en prisión preventiva más de dos años, hasta el 22 de junio de 2018.
Pese a ser encontrados culpables en abril de 2017, la Audiencia Provincial de Navarra decidió su puesta en libertad mientras se resuelven los distintos recursos que actualmente están siendo cursados.