Puigdemont podría acabar inhabilitado por una cuestión administrativa al no haber presentado supuestamente su declaración de bienes e intereses en los tres meses siguientes tras cesar de su cargo, según recoge la Ley 13/2005, del régimen de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Generalidad.
Según la citada Ley, la inhabilitación sería por un periodo de cuatro años.
La normativa establece que "los altos cargos deben presentar una declaración patrimonial y de intereses al inicio del cargo y otra en los tres meses siguientes al cese en el mismo".
Esta declaración debe incluir "todos los bienes, derechos y obligaciones de los cónyuges o convivientes y de los demás familiares de primer grado, siempre y cuando estos lo consientan".
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Además deben adjuntarse "copias de la última declaración tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto extraordinario sobre el patrimonio".
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Puigdemont presuntamente no presentó la citada declaración, por lo que el Ministerio de Hacienda "está realizando los trámites para expedientarlo", según recoge este 10 de mayo El Confidencial.