"La actividad policial es un servicio indispensable para preservar el orden público (…) no pudiendo sobreponerse el interés individual de una determinada categoría de funcionarios públicos al bien común", escribió la ministra Grace Mendoça, de la Abogacía General de la Unión, cuando solicitó al STF que vetara la posibilidad de huelgas policiales.
Entre los siete magistrados que votaron por prohibir las huelgas se encuentra el exministro de Justicia del Gobierno, Alexandre de Moraes, el último en incorporarse a este cuerpo.
Los tres jueces que votaron en contra consideraron que las paralizaciones de policías se ajustan a la Constitución, siempre que se les pongan límites y servicios mínimos.
La decisión del Supremo se produce en respuesta a un recurso presentado por el Gobierno del estado de Goiás (centro-oeste) contra una huelga de 2012 realizada por policías civiles, aquellos que se dedican a la investigación y trabajan en comisarías.
En aquella ocasión, conscientes de que por su condición de militares los policías no podían ir a huelga, sus mujeres y familiares bloquearon la salida de vehículos de los cuarteles para forzar que los agentes no patrullasen.
La ausencia de policía en la calle causó una ola de violencia que dejó 143 muertos en apenas diez días y reabrió el debate sobre los límites de las reivindicaciones de los agentes.