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Confirman pena de prisión a un español por gritar consignas proaborto en una misa

© Foto : Pixabay / Rock77Una cárcel (imagen referencial)
Una cárcel (imagen referencial) - Sputnik Mundo
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MADRID (Sputnik) — El Tribunal Supremo de España confirmó la condena de seis meses de prisión contra un hombre que interrumpió una misa en una iglesia de Girona en el año 2014 al tiempo que coreaba proclamas en favor del aborto.

"El tribunal considera acreditado que se extralimitó en el ejercicio de la libertad de expresión y que vulneró el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto", señaló el Tribunal Supremo en un comunicado.

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En concreto, el Tribunal Supremo señala que el hombre cometió un delito contra los sentimientos religiosos al interrumpir la misa gritando consignas proabortistas mientras se subía al altar para mostrar una pancarta con el lema "fuera rosarios de nuestros ovarios".

En la sentencia, los magistrados recuerdan que "los derechos fundamentales a la libertad de expresión" no son "absolutos" y, en consecuencia, "pueden entrar en colisión con otros derechos fundamentales", como el derecho a la libertad religiosa.

A partir de dicha doctrina, los magistrados concluyen que "las expresiones y actos realizados por el acusado, en principio, están plenamente amparados por la libertad de expresión, que no excluye la posibilidad de exteriorizar ningún punto de vista".

"Ello no obstante, debería haberlo llevado a cabo a través de medios necesarios e idóneos y, por lo tanto, no lesivos para otros derechos y valores constitucionales", prosiguen.

La sentencia destaca que las acciones de protesta se llevaron a cabo en el interior de una Iglesia, un "lugar especialmente reservado para la reunión de los que profesan la religión católica".

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En opinión del tribunal, la sentencia no vulnera la libertad de expresión o de manifestación del hombre ya que "la condena penal no se funda en su ideología a favor del aborto" sino por "el modo, tiempo y lugar en que la manifestó".

La sentencia concluye recordando que, con su acción, el acusado "interrumpió la ceremonia religiosa", lo que en opinión de los magistrados "perturbó el acto y con ello el sentimiento de los feligreses que se encontraban allí congregados".

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