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Cuba ya tiene un 'antídoto' contra la ley Helms-Burton

© AFP 2023 / Jorge BeltranParlamento de Cuba
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La ley 80, conocida en Cuba como "ley de reafirmación de la dignidad y la soberanía" es el antídoto cubano contra el título III de la ley Helms-Burton, una protección legal para empresarios e inversionistas extranjeros en la isla. Desde La Habana, José Alexis Ginarte, presidente de la Unión de Juristas de Cuba, ofreció a Sputnik los detalles de su aplicación.

El 16 de febrero de 1999 la Asamblea Nacional del Poder Popular en La Habana aprobó el antídoto cubano contra los efectos de la ley Helms- Burton: la ley 80.

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Tres años después de que el expresidente de EEUU, Bill Clinton, aprobara una legislación para frenar la entrada de capitales extranjeros en la isla, los cubanos respondían protegiendo a sus inversionistas de otros países.

Con la caída de la Unión Soviética (1990), el pueblo cubano vivió una grave crisis económica conocida como Período Especial, un bache en la construcción del socialismo que marcó el desarrollo económico del país. La salida a este bache estaba en la inversión extranjera, y Europa y Canadá parecían los mercados más prometedores.

En 1996, el Gobierno de Clinton decidió poner un parche con la creación de la Ley Helms-Burton, aunque acordó posponer el Título III a cambio de que Europa y Canadá colaboran por restablecer la democracia en la isla. Así, este artículo fue pospuesto de forma sistemática por las administraciones siguientes, hasta que este 2 de mayo el Gobierno del presidente Donald Trump aprobó su activación.

"La ley Helms-Burton hace un llamado a la persecución a todos los entes y personas jurídicas que tengan intercambio comercial con Cuba, y específicamente, el Título III llama a la imposición de sanciones. Por su parte, la ley 80 en Cuba tiene como fin sancionar aquellos hechos dirigidos a apoyar o colaborar con los objetivos de la ley Helms-Burton y proteger a nuestros inversionistas", explicó Ginarte a Sputnik.

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Desde su artículo 1, la ley cubana declara ilícita la aplicación de la Ley Helms-Burton en el territorio nacional y por consiguiente "considera nula toda reclamación amparada en ella de persona natural o jurídica, cualquiera que fuere su ciudadanía o nacionalidad".

Según Ginarte la ley 80 "tipifica todos aquellos hechos dirigidos a apoyar, facilitar o colaborar con los objetivos de la ley estadounidense, y los delitos que en ella se resumen, están destinados justamente a proteger al país".

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La ley 80 enumera un grupo de actividades que van dirigidas a suministrar, por ejemplo, información sobre las relaciones comerciales de Cuba con empresas extranjeras. "Todo el que incurra en esta conducta tiene una sanción de privación de libertad de siete a 15 años", señaló Ginarte.

"El espíritu de la ley tiene el fin de proteger la economía de Cuba, por lo tanto todo el que atente contra ello dándole información al Gobierno de EEUU, puede incurrir en este tipo de sanción", advirtió el jurista.

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No obstante, Ginarte señaló que "el fin de esta legislación es proteger los actos de los inversionistas extranjeros y su información, de ahí su función como una ley antídoto".

Además la ley 80 sanciona a aquellos ciudadanos que utilicen la aplicación del título III de la ley Helms-Burton y su contenido, por lo que estos demandantes podrán ser juzgados por los tribunales cubanos.

De forma general, la legislación cubana protege la validez de todos los contratos que Cuba concerta y las oportunidades de negocios para los inversionistas, indicó el máximo representante de los juristas cubanos.

También tiene plena vigencia y está en correspondencia con la nueva Constitución, destacó Ginarte. "Desde su aprobación no ha sufrido ninguna modificación porque mientras prevalezca la ley Helms-Burton, prevalecerá su antídoto, y su aplicación es inminente", indicó.

Todos están protegidos

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Ginarte explicó a Sputnik que la ley de nacionalización aprobada en 1960 en Cuba tuvo como antecedente el artículo 24 de la constitución de 1940. Al triunfo de la Revolución, el nuevo Gobierno puso en vigor esta constitución y fue así cómo se nacionalizaron muchas propiedades y empresas en la década del 60 en la isla.

"De acuerdo con esta Constitución, los Estados podían nacionalizar los bienes de Gobiernos extranjeros en su territorio con fines de utilidad pública y social. Y Cuba lo que hizo fue eso", señaló el experto.

"Se nacionalizaron esos bienes en nombre del pueblo cubano, se provocó con ello el pago conforme a valores establecidos por las leyes cubanas y muchos Estados cobraron por ello: Suiza, Canadá, y otros tantos. En cambio, los ciudadanos estadounidenses que tenían inversiones en Cuba se negaron a cobrar. Pero la propuesta de pago estaba hecha", dijo el especialista.

También se aprobó la confiscación de aquellos bienes que, según Ginarte, pertenecían a "ladrones identificados y delincuentes que abandonaron el país en 1959 y que robaron sus riquezas". En este caso, la confiscación tuvo su origen en la ley penal y fue una sanción punitiva.

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"Por lo tanto, el Estado cubano bajo el amparo de sus normas internas determinó la nacionalización y confiscación para entregar estas propiedades a otros dueños, ciudadanos que hoy lo disfrutan en propiedad personal, y esto será siempre intransferible", sentenció.

"No existe ningún tipo de inseguridad jurídica en que se pudiera pensar que un ciudadano americano llegue (a Cuba) y reclame una vivienda que le perteneció hace 60 años. Ese ciudadano tuvo la oportunidad de cobrar, si la propiedad fue nacionalizada, y de defenderse en juicio si fue confiscada. Si no lo hicieron, fue su derecho", resumió el jurista.

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