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Un policía colombiano fue sancionado por ser ateo pero la Justicia le dio la razón

© Foto : Pixabay/ jdcifuentesEfectivos de la Policía de Colombia. Imagen referencial
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La Justicia colombiana falló a favor de un agente que se negó a pronunciar el himno y el código de ética de la Policía por contener referencias a dios. Si bien sus superiores lo observaron por la "falta de respeto", la Justicia entendió que no podía ser obligado a asistir a "ceremonias religiosas".

La Justicia colombiana le dio la razón a un policía de la ciudad de Villavicencio (departamento de Meta, centro del país) que se negó a cantar el himno de la institución. Alegó que es ateo y las estrofas contienen alusiones a dios.

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Según informó el diario colombiano El Tiempo, el agente se negó a cantar el himno durante una ceremonia realizada el 11 de octubre de 2019. Producto de su negativa, fue observado por sus superiores, que calificaron su postura como una falta de respeto a la Policía.

El policía fue sancionado con la obligación de transcribir el himno y el código de la Policía y entregarlo por escrito cuatro días después.

El agente, que alegó ser ateo como justificación, decidió presentar una acción de tutela contra la resolución. Durante el proceso, sus superiores aseguraron que, en un primer momento, el policía dijo que no cantaba el himno ni decía el código de ética debido a que "no se los sabía".

Tanto el himno como el código de ética de la Policía colombiana tienen referencias explícitas a dios. El himno, por ejemplo, dice en su tercera estrofa:

"Del hogar los derechos sagrados

Como padres debéis custodiar

Y que Dios y la Patria os lo premien,

Defensores del orden social".

En su último párrafo, el código de ética señala: "Reconozco que el lema Dios y Patria, simboliza la fe del público y que lo acepto en representación de la confianza de mis conciudadanos y que lo conservaré mientras que siga fiel a los principios de la ética policial. Lucharé constantemente para lograr estos objetivos e ideales, dedicándome ante Dios a la profesión escogida: La Policía".

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Durante el proceso, los oficiales defendieron la importancia de la disciplina entre los agentes. Sin embargo, el juez entendió que el policía tuvo razón al negarse, dado que "las entidades oficiales no podrán imponer a sus funcionarios la asistencia obligatoria a ceremonias religiosas, por nobles que sean sus ideales, lo que de suyo implica la profesión de fe en himnos y juramentos institucionales".

En ese marco, el juez ordenó a la Policía que retire la observación al agente en un plazo de 48 horas.

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