Desde el ministerio de Sanidad de España se ha insistido en varias ocasiones que la vacunación contra el coronavirus no será obligatoria.
Lo primero que resalta el abogado español, Joaquim Bosch, es que la reciente resolución está plenamente ajustada al ordenamiento jurídico español.
"En España la regla general es que, hasta el momento, la vacunación no es obligatoria. La Ley de Autonomía del Paciente indica que no se puede imponer a ninguna persona un tratamiento médico que no es deseado. Tiene ese fundamento constitucional en el derecho a la intimidad corporal".
Sin embargo, apunta que esta regla tiene algunas excepciones.
"La propia ley establece una salvedad, que es que en los supuestos en los que una persona que no tiene capacidad mental para poder decidir, la decisión de vacunarse o no la tienen que tomar sus representantes legales, es decir, sus tutores o familiares. Sin embargo, es una decisión que no puede ser arbitraria, sino que tiene que ser beneficiosa para la salud o la vida de la persona afectada. En el caso de que no tome la decisión adecuada, el centro sanitario o la fiscalía pueden solicitar la vacunación al juez y estar autorizados porque, a la vista de los informes médicos, considera que hay muchos más riesgos si no se vacuna que con los efectos que puedan causarse con los efectos secundarios de esta vacuna", explica Bosch.En el caso de la anciana de Santiago de Compostela, fue la propia residencia de mayores la que recurrió ante la justicia debido a la oposición de su hija, quien alegó sentir temor por posibles efectos secundarios que pudiera presentar su madre.
"Es mucho más fácil padecer lesiones graves por una enfermedad prevenible mediante vacunación que por una vacuna", respondió el juez.
Entonces, ¿este caso sentará un precedente que hará que la vacunación sea obligatoria?
Bosch también destaca que la justicia también ampara a quienes sientan temor por la vacunación de un familiar mayor internado en una residencia.
"Vamos a suponer el caso en el que los familiares consideran que existe una situación de riesgo para el anciano y que se puede estar realizando algún tipo de experimento con él, entonces esa familia puede aportar todos los informes médicos que demuestre esto, la fiscalía también aportará los informes médicos que digan lo contrario y el juez valorará la documentación médica y decidirá si realmente se está experimentando. Podría pasar, pero yo no creo que esté pasando, que los efectos secundarios fueran altísimos y las posibilidades de inmunización fueran muy bajas, por ejemplo, pues en este supuesto el juez puede ponderar", aclara Bosch.
El 30 de diciembre la Fiscalía de Sevilla también decidió que se vacunara a un anciano, pese al rechazo de su hijo. A su vez, la Fiscalía de Valencia estudia una decena de casos similares. Sin embargo, Bosch insiste que, aunque la disputa llegue a los juzgados, esto no significará que de forma automática se ordene la vacunación.
Haciendo clic en "Publicar" da su consentimiento para que recopilemos los datos que figuran en su cuenta de Facebook con el objetivo de permitirle comentar en nuestra web desde dicha cuenta. Para obtener más información sobre cómo tratamos sus datos puede revisar nuestra Política de privacidad.
Si desea retirar su consentimiento, elimine todos sus comentarios.
Todos los comentarios
Mostrar nuevos comentarios (0)
en respuesta a(Mostrar comentarioOcultar comentario)