En concreto, en una serie de escritos los representantes del Ministerio Público rechazan la medida de gracia al considerar que "no hay ninguna razón" que la justifique.
"Las penas impuestas no pueden considerarse injustas en atención a la gravedad de los delitos cometidos, tampoco adolecen de falta de equidad, ya que cumplen rigurosamente con el principio de proporcionalidad de las penas", apuntan los fiscales.
En octubre de 2019, el Tribunal Supremo de España impuso penas de cárcel para la mayoría de miembros del Ejecutivo del expresidente catalán Carles Puigdemont por el citado proceso independentista, que terminó con la intervención de la autonomía de Cataluña desde Madrid.
La mayor condena recayó sobre el vicepresidente del Gobierno de Cataluña, Oriol Junqueras, sentenciado a 13 años de cárcel, mientras que Puigdemont consiguió huir fuera de España.
El pasado mes de septiembre, el Gobierno español —que tendrá la última palabra sobre el asunto— empezó a tramitar peticiones de indulto presentadas por varios de los presos.
Como parte de ese trámite, los fiscales del Supremo emitieron una serie de informes en los que marcan su posición al respecto, rechazando de plano cualquier posibilidad de indulto.
En esos escritos, los fiscales destacan que los condenados no aceptaron su "responsabilidad" ni mostraron "arrepentimiento" por los hechos juzgados.
Además, los fiscales manifiestan su preocupación por que, a su modo de ver, una eventual concesión de indultos respondería más a intereses políticos que a cuestiones jurídicas.
En ese sentido, recuerdan que el indulto "no se trata de una medida prevista para satisfacer intereses políticos coyunturales" y señalan como un peligro que las medidas de gracia se concedan "de manera arbitraria […] ante la mera discrepancia con el tenor de la sentencia" o por la "pura conveniencia de una situación política".
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