"Al fin y al cabo, se trata de levantar una losa, extraer los restos y reponer el solado original, revirtiendo así el pavimento de la Basílica", reza la sentencia del Tribunal Supremo.
El alto tribunal avaló el pasado 24 de septiembre la exhumación de Franco al anunciar su rechazo a los recursos presentados por la familia del dictador, pero la sentencia en la que se explican los argumentos jurídicos tras esta decisión no fue publicada hasta este 30 de septiembre.
Como ya se sabía, la sentencia del Tribunal Supremo rechaza esos argumentos.
En primer lugar, los magistrados no encuentran motivos para señalar anticonstitucional el Real Decreto aprobado por el Gobierno para poner en marcha la exhumación.
Del mismo modo, se oponen a una inhumación en La Almudena al considerar que la significación pública del templo lo convertiría en un nuevo lugar de exaltación de la figura del dictador, por lo que apoyan el traslado a un cementerio público de Madrid en el que Franco compartiría un panteón junto a su esposa.
Actualmente, el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid mantiene suspendida de forma cautelar la licencia de obras para proceder a la exhumación.
La suspensión se realizó después de que un juez admitiera un informe pericial encargado por los descendientes de Franco.
En dicho informe se afirma que el plan de obra diseñado por Patrimonio Nacional para retirar los restos no se ajustaba a los estándares urbanísticos mínimos para ejecutar lo que consideran una "obra mayor".
Además, el informe afirmaba que el plan ponía en riesgo la seguridad de los operarios involucrados en los trabajos.
"No se infringe la legalidad urbanística porque no es una obra mayor la que supone la exhumación según el proyecto presentado por Patrimonio Nacional", reza el fallo del Supremo, que también rechaza los argumentos de seguridad esgrimidos por la familia.
Del mismo modo, la sentencia establece que, al ser acordada por el Consejo de Ministros, la exhumación no necesita el visto bueno urbanístico de San Lorenzo del Escorial, el municipio madrileño donde se encuentra el complejo monumental del Valle de los Caídos, donde Franco está enterrado con honores desde 1975.
No obstante, la suspensión cautelar decidida por el juzgado contencioso-Administrativo de Madrid sigue en pie pese al fallo del Supremo.
Ahora, el juez que decidió la suspensión —José Yusty Basterrache, conocido por los vínculos franquistas de su familia y por su oposición pública a la Ley de Memoria Histórica— deberá decidir si se siente interpelado por los argumentos del Supremo para levantar la suspensión.
En cualquier caso, los posicionamientos del alto tribunal en favor tanto del fondo como de la forma para la exhumación hacen que cualquier eventual mantenimiento de la suspensión sobre la licencia de obras vaya a tener poco recorrido en posteriores instancias judiciales.
En adición, la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica también planteó en los últimos días la posibilidad de acudir a los juzgados para pedir que Franco no sea llevado a un cementerio de titularidad pública, sino que sea la familia quien se ocupe de sufragar su nuevo lugar de reposo.
De esta manera, el Gobierno de España que preside el socialdemócrata Pedro Sánchez ve como se despeja el camino para la exhumación de Franco tras más de un año sorteando las trabas judiciales, pero todavía no puede cantar victoria.