El auto recuerda que el Tribunal Regional Superior del norteño estado federado alemán de Schleswig-Holstein estimó que no procede la entrega de Puigdemont a España por un delito de rebelión "debido a que el grado de violencia ejercitado el día del referéndum no ha sido suficiente para que el Gobierno se hubiera visto obligado a rendirse a la demanda de los insurgentes".
La principal diferencia entre ambos casos, señala el auto, es que lo de Cataluña no fueron unas simples protestas callejeras, sino que tras años "dedicados a laminar el ordenamiento jurídico estatal" y "oponerse al cumplimiento de sentencias del Tribunal Constitucional" se culminó un "proceso secesionista" que puso "a las masas en la calle para que votaran en un referéndum inconstitucional oponiéndose a la fuerza legítima del Estado".
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En cuanto a los elementos de violencia necesarios para apreciar un delito de rebelión, los magistrados españoles destacan que los protagonistas políticos del proceso independentista "indujeron a unos dos millones de personas para salir a la calle a votar ilegalmente" en el referéndum del 1 de octubre.
En primer lugar, los magistrados recuerdan que, pese al despliegue por parte del Estado español de 6.000 agentes para impedir la celebración del referéndum, estos se vieron "ostensiblemente superados por los dos millones de votantes".
En consecuencia, la consulta —que según el juez carecía de garantías mínimas para otorgarle legitimidad alguna—, "acabó realizándose" y los organizadores usaron su resultado para "acabar declarando la independencia de Cataluña".
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En opinión de los jueces españoles, si no hubo más violencia en aquella jornada fue por la decisión de las autoridades españolas de no desplegar más agentes, lo que impidió la contención de los votantes pero sirvió para evitar "que todo acabara en una masacre".
Además, los magistrados españoles reprochan que el tribunal alemán no reflexionara de una manera profunda sobre cómo actuarían si los hechos sucedidos en Cataluña hubiesen tenido lugar en un Land [estado federado] de Alemania.
"Si los hechos que se han venido cometiendo en España se hubieran perpetrado en un Land de Alemania (…) no parece muy factible que todo ello se saldara con una sentencia condenatoria meramente simbólica como se dice en la resolución del Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein", afirma el auto.
Finalmente, los magistrados del Tribunal Supremo reprochan a sus colegas alemanes la rapidez con que tomaron su decisión, lo que a su modo de ver hizo que no contaran con todo el material probatorio necesario y que el disponible no se examinara de manera suficientemente reflexiva.
"El resultado habría sido muy distinto, tanto en lo que respecta a la argumentación como a la decisión", concluye el auto.
Pese a que el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein decidió la puesta en libertad de Carles Puigdemont y descartó su envío a España por un delito de rebelión, esa decisión aún no es definitiva, y además los magistrados alemanes siguen estudiando su posible extradición por un delito de malversación de fondos.