La defensa de Sànchez comunicó la decisión a los medios catalanes la tarde del 9 de marzo.
Pina ha señalado que la notificación del Supremo les ha sido comunicada "cuando el TEDH se encontraba ya cerrado" y no se podía presentar una solicitud, y apuntó a que este hecho podía no haber sido casual.
Llarena acordó mantener "la medida cautelar de prisión provisional comunicada" a Sànchez y denegarle todos "los permisos extraordinarios para poder acudir al Parlamento de Cataluña al acto de investidura previsto para el próximo lunes 12 de marzo".
Lea más: Se inaugura en Lleida la exposición censurada sobre 'presos políticos' en la feria ARCO
En su auto, el juez recuerda que Sànchez participó "en un concierto de voluntades" para proclamar una república independiente "fuera de todo cauce legal".
El magistrado argumentó su decisión de no permitir la puesta en libertad de Sànchez afirmando que en su caso existe riesgo de reiteración delictiva, ya que los delitos investigados se desplegaron "desde actuaciones legislativas y ejecutivas claramente ilegales".
La denegación del permiso para que Sànchez acuda al pleno vuelve a colocar a la política catalana en una situación de bloqueo, ya que, según el Tribunal Constitucional, la presencia física del candidato en la cámara es condición necesaria para que el proceso tenga validez.