La imputación de Trapero se produjo en el marco de la querella presentada por la Fiscalía General del Estado por la concentración frente a la sede de la consejería de Economía del Gobierno catalán el pasado 20 de septiembre.
Según la Fiscalía, en esa concentración los manifestantes no impidieron los registros pero dificultaron enormemente la labor de las autoridades, hasta el punto de que algunos de los encargados de las pesquisas tuvieron que abandonar el edificio por la azotea.
La juez encargada de instruir la causa, Carmen Lamela, citó a Trapero al entender que su pasividad pudo suponer un incumplimiento de las órdenes de jueces y fiscales que ordenaron los registros.
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En principio, según avanzaron fuentes policiales, Trapero acude a la Audiencia Nacional con la intención de aportar informes sobre la actuación policial para desacreditar las acusaciones.
En cambio, está previsto que Sánchez y Cuixart se acojan a su derecho a no declarar.
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La descripción del delito de sedición en el Código Penal —recogido en el artículo 544 y penado con hasta 15 años de cárcel— "encajará en las conductas materiales descritas en el delito contra la forma de Gobierno si los actos se ejecutan con el propósito de cambiar ilegalmente la organización del Estado".
Este delito se aplica a quienes "se alcen pública y tumultuariamente" para "impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes", o para "impedir a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales".