En concreto, esta sanción podría producirse si ceden datos del padrón para la elaboración de un censo electoral previo al referéndum soberanista.
La cesión de datos de los ciudadanos a otra Administración "para un fin ilícito" violentaría el artículo 16.3 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, según el cual los datos del padrón municipal "se cederán a otras administraciones públicas que lo soliciten sin consentimiento previo del afectado solamente cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes".
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Las sanciones que se aplican en estos casos oscilan entre los 300.001 euros y los 600.000 "dependiendo del carácter continuado de la infracción", es decir, que influye el volumen de los datos transferidos; la actividad del infractor; el grado de intencionalidad; la reincidencia o "cualquier otra circunstancia que sea relevante para determinar el grado de antijuricidad y de culpabilidad presentes en la actuación infractora".