La decisión arbitral da la razón a la firma británica Eiser Infrastructure Limited y su filial luxemburguesa Energia Solar Luxembourg en relación a unas inversiones acometidas en 2007.
Según la información ofrecida por El País, este laudo, que ya ha sido notificado a las partes, puede suponer una pérdida de miles de millones de euros para España porque sienta un precedente para más de 30 demandas similares contra el Estado.
"El Gobierno de España estudia recurrir el laudo del CIADI que estima parcialmente la demanda de los inversores Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg (su filial luxemburguesa) en relación a las consecuencias para las tres instalaciones termosolares de la reforma eléctrica llevada a cabo en los años 2013 y 2014", comunicó el Ministerio de Energía.
En concreto, la disputa se refiere a una inversión de 935 millones de euros sobre tres centrales termosolares por parte de Eiser que contó con la aprobación del Ejecutivo en 2007.
Sin embargo, el Gobierno español realizó diversos recortes retributivos a las renovables en 2010 durante la última legislatura del socialista Zapatero y en 2013, cuando el Ejecutivo conservador de Mariano Rajoy emprendió una reforma del sector eléctrico.
Según el Ejecutivo español, este laudo se refiere "exclusivamente" al efecto que la reforma eléctrica tuvo sobre la inversión de la empresa en tres plantas termosolares, por lo que "no cuestiona" los cambios regulatorios.
"Dado el carácter estrictamente singular de tal pronunciamiento, no debe asumirse que su resultado puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante para otros arbitrajes pendientes", opinó el Gobierno español.
Actualmente, España tiene abiertos una treintena de procedimientos de arbitraje internacional similares al conflicto con Eiser.
El Ejecutivo destacó que "cada procedimiento arbitral es diferente" y subrayó que hasta la fecha se produjo un desistimiento en un arbitraje y que otros dos conflictos en materia renovables fueron resueltos en favor de España.
Además, Madrid resaltó que las reclamaciones de los demandantes sólo fueron estimadas "parcialmente" y que España únicamente fue condenada al pago de 128 millones más intereses frente a los 300 que reclamaba la compañía británica y su filial luxemburguesa.