El acto de desobediencia al que se refiere el Tribunal Constitucional (TC) es permitir que el Parlamento de Cataluña votase las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente, que recomendaban proceder a la desconexión con el Estado español.
El alto tribunal considera que el Reglamento del Parlamento Catalán no obligaba a Forcadell a permitir una votación cuyo contenido desoía las recomendaciones del TC de "impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir los mandatos constitucionales".
Sin embargo, el TC ha decidido no iniciar actuaciones contra Forcadell y se ha limitado a recomendar que la Fiscalía inicie acciones penales, sin especificar cuales fueron los delitos que la política independentista pudo cometer.
El TC ratificó este jueves su decisión de anular la votación de la cámara autonómica, que se mostró a favor de aprobar esas conclusiones.
De este modo, la resolución independentista, que se encontraba suspendida cautelarmente desde el 1 de agosto, queda sin efecto de manera definitiva a ojos de la legalidad española, que la mayoría del Parlamento catalán no reconoce como legítima.