Estas cláusulas podrían ser las que impongan intereses de demora excesivos.
El caso llegó a la UE a través de un juez de Sevilla, Manuel Ruiz de Lara, que se planteó esta posibilidad en el caso de un desahucio que pretendían ejecutar Caixabank y Unicaja Banco en esa ciudad.
El magistrado consultó al Tribunal europeo si la posibilidad de anular la cláusula era compatible con las normas comunitarias.
"La obligación de respetar el límite máximo del tipo de interés de demora no impide en absoluto que el juez pueda considerar que una cláusula por la que se establecen dichos intereses tenga un carácter abusivo", señaló el Tribunal.
Se trata de un nuevo golpe de la justicia europea a la ley hipotecaria española, impulsada por los conservadores del PP, por no proteger al consumidor.
Esta sentencia es muy relevante porque afecta a miles de ejecuciones hipotecarias que están en marcha.
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