"El 15 de noviembre de 2017 la Corte Internacional de Justicia aceptó dos contrademandas que Colombia presentó contra Nicaragua en el marco del proceso denominado Supuestas Violaciones de Derechos Soberanos y Espacios Marítimos en el Mar Caribe, que cursa ante dicho tribunal desde noviembre de 2013", indicó el organismo.
La Cancillería agregó que con la aceptación de esa contrademanda "la Corte ha reconocido que la población del archipiélago es una protagonista principal y aceptó que sus derechos históricos de pesca deben ser considerados en el marco del proceso".
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Por su parte, la segunda contrademanda aceptada permitirá que el tribunal estudie la expedición de un decreto por parte de Nicaragua que Colombia señala como contrario al derecho internacional, y que está relacionado con los puntos y líneas de base a partir de los cuales el país centroamericano mide sus espacios marítimos en el Mar Caribe.
Con ese decreto, según el Gobierno colombiano, Nicaragua busca "adjudicarse de forma unilateral áreas marinas en detrimento de Colombia", y destacó que "pueden existir irregularidades en la normatividad nicaragüense", lo cual será examinado con más detalle por la CIJ.
En noviembre de 2012 los jueces de la CIJ asignaron una nueva delimitación en la frontera marítima entre ambos países, en razón de la cual quedaron bajo soberanía colombiana siete cayos del archipiélago de San Andrés, mientras que a Nicaragua se le otorgó una franja marina en esa zona que antes pertenecía a Colombia.
Sin embargo, esa decisión fue considerada "inaplicable" por Bogotá, que señaló que los límites del país no pueden ser modificados por terceros sino por el Congreso.
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A su turno, Nicaragua señaló que Colombia no ha acatado el fallo y ha amenazado con el uso de la fuerza sobre las aguas que la CIJ le concedió al país centroamericano, que también reclama la extensión de su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas, esto es, aún más adentro en las aguas del Caribe colombiano.
Aunque el Gobierno de Colombia ha sostenido que la CIJ no tiene competencia para terciar en el asunto, el 17 de marzo de 2016 la CIJ rechazó esas objeciones y se declaró competente para juzgar el litigio.