"Promúlgase la Ley Nº 27.351", señaló el Decreto 339/2017 publicado en el Boletín Oficial este 17 de mayo.
La normativa, sancionada por el Congreso el pasado 26 de abril, define como electrodependientes a quienes necesitan "un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento prescrito", el cual resulta "necesario para evitar riesgos en su vida o su salud".
De ahora en adelante, el usuario electrodependiente no pagará la factura del servicio por la provisión de energía eléctrica en su vivienda.
La empresa distribuidora deberá entregar, sin cargo, un grupo electrógeno o el equipamiento menester para el paciente.
También tendrá que "habilitar una línea telefónica especial gratuita de atención personalizada" para personas que se encuentren en estas condiciones, la cual funcionará las 24 horas del día.
El Ministerio de Salud, por su parte, constituirá un Registro de estas personas por Cuestiones de Salud.
La ley fue un reclamo de la Asociación Argentina de Electrodependientes, que durante el último año trató de promover el proyecto entre empresas eléctricas, funcionarios y legisladores con el lema "Luz para ellos".