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"Difusión de audio de expresidenta argentina viola el Código Penal"

© AP Photo / Victor R. CaivanoCristina Fernández de Kirchner, expresidenta de Argentina
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BUENOS AIRES (Sputnik) — Se violaron al menos tres artículos del Código Penal argentino con la difusión de una conversación privada entre la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y su jefe de inteligencia Óscar Parrilli que motivó una denuncia penal, dijo a Sputnik el abogado de la exmandataria, Carlos Beraldi.

"Las conversaciones telefónicas que realizan las personas son privadas y reservadas", dijo Beraldi.

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El abogado penalista se refería a la divulgación la semana pasada de un diálogo telefónico que habría mantenido su clienta en 2016 con el entonces jefe de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Oscar Parrilli, sobre el espía Antonio Jaime Stiuso.

En primer lugar, se llevó a cabo "una intervención telefónica indebida" que viola el artículo 153 del Código Penal, sostuvo Beraldi.

"Será reprimido con prisión de quince (15) días a seis (6) meses, si no resultare un delito más severamente penado, el que a sabiendas accediere por cualquier medio, sin la debida autorización o excediendo la que posea, a un sistema o dato informático de acceso restringido", reza el mencionado artículo.

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La grabación del diálogo telefónico, que tuvo lugar el 11 de julio de 2016, se reveló en una investigación contra Parrilli por su supuesto encubrimiento del empresario Ibar Pérez Corradi, detenido y vinculado al asesinato en 2008 de tres empresarios que traficaban efedrina.

Aunque "habría una orden judicial de escucha telefónica", la investigación en relación al empresario Pérez Corradi y Parrilli era reservada y no estaba relacionada "con lo que se está divulgando en esa conversación, que es privada, aparentemente entre la expresidenta de la Nación y Parrilli, y que nada tiene que ver con Pérez Corradi", afirmó Beraldi.

"Como además existen funcionarios públicos que aparentemente intervienen en esta conversación, eso conlleva otro delito, el de violación y abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público previsto en el artículo 248 del Código Penal", siguió enumerando el abogado.

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La grabación de la expresidenta, por otra parte, se realizó con recursos oficiales "que no están para realizar intervenciones clandestinas a teléfonos", señaló el letrado, lo que podría configurar el delito de peculado, establecido en el artículo 261 del Código Penal.

Tras afirmar que "esto será objeto de alguna investigación judicial", y consultado sobre quiénes estarían detrás de la difusión del audio, el abogado matizó que no podía "hacer conjeturas de momento".

Denunciar estos hechos ante la justicia será "una decisión que tomará la expresidenta, (quien) todavía no me comunicó nada al respecto", añadió Beraldi.

La conversación grabada

En su diálogo con Parrilli, la entonces presidenta dice: "Empezá a buscar todas las causas que le armamos… no que le armamos, que denunciamos a Stiuso".

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Según le responde Parrilli, Stiuso tenía ocho investigaciones abiertas en la justicia.

En base a esa conversación, el fiscal Guillermo Marijuán acusó a la expresidenta de cometer los delitos de falsa denuncia, abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público, por "la afirmación, aún con la retractación, de que se habrían armado causas penales contra Antonio Horacio Stiuso", según consta en su dictamen del viernes.

La denuncia de Marijuán recayó este lunes en el juez federal Sebastián Casanello.

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