"En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que confirmó que la contribuyente Inés Lucía Pinochet Hiriart debe pagar las diferencias de impuestos de primera categoría, global complementario y a la renta de los años tributarios 2000 a 2005", informó el Poder Judicial en un comunicado.
El documento aseguró que no se acreditaron los ingresos correspondientes a rentas de arrendamiento de cinco inmuebles, a gastos de representación como presidenta del directorio de la Fundación Nacional de la Cultura, ni los orígenes de los ahorros utilizados en la adquisición de dólares, vendidos entre los años tributarios 2002 a 2005.
También se menciona una cuenta corriente del Banco de Chile y otra cuenta corriente y una ahorro en Bank of America, además de inversiones en un depósito a plazo de 10.000 dólares y una cuenta de depósito en ese último banco.
Asimismo, surge incertidumbre ante los fondos con que se solventaron los cargos y cheques girados de una cuenta corriente del Banco Santander.
"Ante la falta de prueba sobre el origen de los fondos con que se efectuaron las inversiones objetadas por el ente fiscalizador (…) los cobros hechos por las liquidaciones reclamadas se ajustan a derecho, por lo que cabe ratificar tales actos administrativos", sentenció el fallo.
Lucía Pinochet Hiriart ya había sido acusada de fraude al Fisco en 2006, año en que viajó a Estados Unidos en busca de asilo político, pero fue deportada a Argentina.
Al año siguiente, la familia Pinochet fue inculpada por malversación de fondos, uso de pasaportes falsos y de haber transferido ilegalmente unos 27 millones de dólares a bancos extranjeros durante la dictadura.