El Tribunal indicó mediante una orden procesal que el fallo de la corte estadounidense "no surte efectos fuera de los Estados Unidos y no invalida la sentencia de una corte ecuatoriana que obliga a la petrolera a indemnizar por la afectación ecológica ocasionada".
El rechazo a la apelación de las comunidades indígenas fue emitido el 8 de agosto de 2016 por la Corte de Apelaciones de Nueva York.
En la misma se descartó la apelación presentada por el abogado estadounidense Steven Donziger y dos ecuatorianos en la acción judicial conocida como 'Acción Rico', en donde el juez Lewis Kaplan concluyó que la decisión de la Corte de Sucumbíos de Ecuador a favor de los afectados por la petrolera fue obtenida de forma fraudulenta.
El Tribunal estableció además que según el derecho internacional "la decisión no tiene un efecto de cosa juzgada ni vincula al Tribunal Arbitral".
Adicionalmente, el Tribunal recalcó que la Corte de Apelaciones estableció que su sentencia no impide que la decisión dictada por las cortes de Ecuador contra Chevron sea ejecutada fuera de los Estados Unidos.