"Declárese el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 31 días calendario, a partir del martes 1 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del COVID-19", se indica en el decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano.
Esta medida es una prórroga de la que se tomó en marzo, al inicio de la crisis sanitaria, e implica la restricción de los derechos relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.
En la norma emitida este 30 de noviembre, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional estarán a cargo de las labores de control y vigilancia sobre la medida.
Por otro lado, el Gobierno ordenó reducir el horario del toque de queda que rige en Perú, pasando a ser desde las 0.00 hasta las 4.00 hora local (5.00 a 9.00 GMT); antes era desde las 23.00 hasta las 4.00 hora local (4.00 a 9.00 GMT).
El decreto supremo ordena que las reuniones sociales siguen estando prohibidas, así como las visitas familiares, consideradas por la autoridad de Salud como focos de infección graves.
A la fecha, Perú registra 35.923 decesos por la enfermedad respiratoria y 962.530 infectados.
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