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Seis sentencias que marcaron un hito en la Justicia de América Latina

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Las personas pueden ser despojadas de su dignidad. Hay casos tan graves que cuando un organismo internacional de Justicia reconoce la violación de derechos y condena a los responsables, se marca un hito. En el Día de los Derechos Humanos Sputnik hace un repaso de las condenas históricas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ser humano significa tener derecho a vivir y tener una vida digna. En 1979 se fundó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), el órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos que tiene que como objetivo aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En otras palabras, en 1979 se fundó el organismo que tiene como propósito defender el libre ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas.

​Desde su creación hasta la fecha han habido muchos casos de violaciones a los derechos humanos que han sido presentados ante la Corte IDH y en los que los magistrados han fallado en contra de los Estados y exhortado a cumplir sus sentencias. Aquí seis casos recientes paradigmáticos:

  • 2019 - Guatemala

El 10 de mayo de 2019 la Corte IDH condenó al Estado guatemalteco por aplicar la pena de muerte 11 años atrás. 

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En octubre de 1995 la Justicia guatemalteca condenó con la pena de muerte por medio de inyección letal al campesino Manuel Martínez Coronado, que había sido acusado de asesinar a siete personas en la aldea El Palmar, en el municipio de Quezaltepeque, departamento de Chiquimula, el 16 de mayo del mismo año. Tres años después fue ejecutado; su muerte fue transmitida en vivo por la televisión. Fue el primer caso en el que se aplicó la inyección letal. 

Según relata Prensa Libre, Coronado y su padrastro asesinaron a una familia con la que había mantenido una disputa por un terreno. Las víctimas eran un matrimonio, sus cuatro hijos y la hermana del marido. Un niño de 11 años fue el único sobreviviente de la familia asesinada, fue el que en su declaración identificó a Martínez como responsable de las muertes.

La Corte IDH determinó que se violaron los principios de derecho a la vida y que no se le habían otorgado las garantías judiciales correspondientes para defender su caso.

  • 2018 - México 

A 40 kilómetros de la capital mexicana están los pueblos Texcoco y San Salvador Atenco, escenarios de un operativo policial que fue condenado por la Corte IDH. Entre el 3 y 4 de mayo de 2006 la policía reprimió a manifestantes que protestaban contra la construcción de un aeropuerto internacional, y detuvo de forma ilegal y arbitraria a decenas de mujeres que después torturó.

​En noviembre de 2018 la Corte IDH falló sobre el caso: condenó al Estado mexicano por graves violaciones a los derechos humanos cometidas contra 11 mujeres que "sufrieron detenciones ilegales y arbitrarias; tortura física, psicológica y sexual; y falta de acceso a la justicia". También lo condenó por la violación al derecho de la libertad de reunión de siete mujeres que fueron detenidas durante el "ejercicio de su rol como activistas, periodistas o estudiantes al momento de ser detenidas".

  • 2018 - Guatemala 

En una sentencia histórica, el 9 de octubre de 2018 la Corte IDH ordenó al Estado guatemalteco a garantizar un tratamiento integral para las personas con VIH y lo condenó por la falta de tratamiento médico y por las violaciones de los derechos humanos ocasionadas a 49 personas y a sus familiares. 

​La Corte IDH determinó que "el Estado de Guatemala es responsable por violar el derecho a la salud en contra de estas personas, ya que no se les brindó atención médica o fue incompleta, incluso provocando la muerte de algunas de ellas". 

  • 2016 - Brasil

En un fallo histórico, la Corte IDH reconoció 85 casos de esclavitud contemporánea y trata de personas en Brasil, y el 15 de Diciembre de 2016 condenó al Estado por ambos delitos y por no haber garantizado el acceso a la Justicia de otros 43 trabajadores, rescatados en estas mismas circunstancias.

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En marzo de 2000 dos jóvenes lograron escapar de la Hacienda Brasil Verde, en el Estado de Pará, y denunciaron la situación en la que se encontraban: trabajo forzado. El ministerio de Trabajo organizó una inspección en el lugar. Durante la visita los trabajadores manifestaron su decisión de salir de allí: se encontraban en una situación de esclavitud. 

Los trabajadores fueron reclutados en las localidades más pobres del país y viajaron varios días en bus, tren y camión hasta llegar a la Hacienda. Sus documentos fueron retenidas y los obligaron a firmar documentos en blanco. Según la Corte IDH, las jornadas de trabajo eran de 12 horas o más, con un descanso de media hora para almorzar y solamente un día libre a la semana. 

En el documento también se señala que decenas de trabajadores dormían en ranchos en hamacas o redes, que no tenían acceso a la electricidad, camas ni armarios. La alimentación era insuficiente, de mala calidad y descontada de sus salarios. Se enfermaban con regularidad y no se les daba atención médica. Las labores las realizaban bajo órdenes, amenazas y vigilancia armada. 

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El Estado fue condenado porque tuvo conocimiento de la existencia de estas prácticas en general y específicamente en la Hacienda Brasil Verde desde 1989, y a pesar de dicho conocimiento "no había adoptado las medidas razonables de prevención y respuesta, ni proveído a las presuntas víctimas de un mecanismo judicial efectivo para la protección de sus derechos, la sanción de los responsables y la obtención de una reparación".

Además, la Corte IDH responsabilizó Al Estado por la desaparición de dos adolescentes, la cual fue denunciada ante autoridades estatales el 21 de diciembre de 1988, "sin que presuntamente se hubieran adoptado medidas efectivas para dar con su paradero".

  • 2008 - Colombia

La noche del 21 de marzo de 1998 Leydi Dayan Sánchez Tamayo estaba jugando en una esquina del barrio Patio Bonito, al sur de Bogotá, junto a su hermano y dos amigos. Eran cerca de las 22:30 cuando se percataron de la llegada de varias motos que se dirigían hacia ellos. Los cuatro corrieron rumbo a un callejón; pensaron que eran grupos de exterminio social. 

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Sánchez Tamayo tenía 14 años cuando fue asesinada de un disparo por la espalda, el resto de los jóvenes logró esconderse. 

En 2008 la Corte IDH condenó al Estado colombiano por su muerte, porque pudo establecer que en realidad quienes conducían los vehículos y dispararon fueron agentes de la Policía Nacional.

Las circunstancias que rodearon la muerte de la niña, así como la falta de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de los agentes responsables del hecho, "constituyen el motivo fundamental para adjudicar responsabilidad internacional al Estado Colombiano en esta oportunidad", se lee en el informe de la Corte IDH.

  • 2005 - República Dominicana 

El 7 de octubre de 2005 la CIDH falló a favor de dos niñas de ascendencia haitiana, Dilcia Oliven Yean y Violeta Bosico Cofi, que habían nacido en la República Dominicana pero a quienes "se les había negado de manera discriminatoria" sus actas de nacimiento.

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La Corte IDH determinó que el estatus migratorio de una persona no puede ser condición para el otorgamiento de la nacionalidad por ningún Estado, tampoco el estatus de sus padres, que no se transmite a sus hijos. "La condición del nacimiento en el territorio del Estado es la única a ser demostrada para la adquisición de la nacionalidad", sentenció la Corte IDH.

"Esta decisión es una victoria para todos los niños y niñas y para el principio de igualdad", dijo al Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CELIJ) Laurel Fletcher, directora de la Clínica Legal de Derechos Humanos Internacionales de la Universidad de California, Berkeley. 

"En términos de políticas estatales, esta resolución impulsará cambios profundamente positivos en la República Dominicana", agregó. 

La Corte IDH también ordenó al Estado dominicano a reformar sustancialmente el sistema de registro de nacimientos. Asimismo, el Tribunal ordenó al Estado que abra las puertas de las escuelas a todos los niños y las niñas "independientemente de su ascendencia u origen", publicó CEIJ. 

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