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Tribunal de paz colombiano ampliaría plazo de recepción de informes por pedido de víctimas

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BOGOTÁ (Sputnik) — Varias organizaciones de víctimas del conflicto armado y defensoras de derechos humanos en Colombia pidieron a la Jurisdicción Especial de Paz (JEP, tribunal de paz) que amplíe hasta 2021 el plazo de recepción de informes de víctimas, con el objetivo de que se garantice su derecho a la verdad y acceso a la justicia.

"Organizaciones de víctimas se reúnen con Patricia Linares, presidenta de la JEP, y algunos magistrados de esta Jurisdicción, para solicitar la ampliación del plazo de entregar informes ante esta entidad, este vence el 15 de marzo de 2020, pero podría ser prorrogado", anunció el tribunal de paz a través de la red social Twitter.

​De acuerdo con la ley estatutaria, la fecha límite para la recepción de casos de víctimas del conflicto armado es marzo de 2020, pero existe la posibilidad de una ampliación hasta 2021, recordaron los representantes de la Asociación de Víctimas de Familiares de Trujillo, la Asociación de Víctimas Afro del Totumo y la Asociación de Mujeres Desplazadas del Meta, quienes hicieron parte del encuentro.

Desde marzo de 2018, cuando entró en funcionamiento la JEP, ese tribunal ha recibido 280 informes sobre el conflicto armado por parte de organizaciones de víctimas y entidades del Estado.

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Según las organizaciones, citadas por el diario local El Espectador, la solicitud de ampliación fue hecha debido a que no ha sido posible recaudar todos los casos de víctimas del conflicto en tan corto tiempo, y porque hubo falta de "pronunciamiento oficial [sobre el tema] de la Sala de Reconocimiento de Verdad, que tiene la facultad de extender este término".

La JEP, creada como parte de los diálogos de paz de La Habana, tiene como prioridad permitir a las víctimas el acceso a la justicia y su participación en esa jurisdicción, por lo cual recibe de ellas informes que permiten conocer su versión de los hechos y contrastarlos con las de quienes se acogieron a la justicia transicional, tanto excombatientes de la exguerrilla Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia como militares que participaron en el conflicto.

Según la JEP, los enjuiciamientos de actores del conflicto solo pueden considerarse realmente justos siempre que las víctimas y sus familias puedan participar de los procesos, estén informadas sobre ellos y se puedan asegurar decisiones que materialicen su derecho a la justicia.

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