"Prohibir el ingreso de nuevos internos a la Unidad de la CABA del Servicio Penitenciario Federal [SPF] hasta tanto el cupo total de alojados sea inferior al cupo declarado en la página del propio Servicio Pentenciario Federal", señala el fallo con fecha del 2 de mayo pero dado a conocer este 10 de mayo.
El máximo tribunal penal de Argentina aceptó el pedido que había presentado la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN), organismo autónomo que vela por el cumplimiento de los derechos humanos en las cárceles federales, y bloqueó la entrada de nuevos internos dada la sobrepoblación y el hacinamiento que afecta a los reclusos de esta cárcel.
En respuesta al hábeas corpus correctivo que se interpuso, la Cámara de Casación decretó además que en el plazo de 180 días se desaloje el "Pabellón 53", que en realidad es un gimnasio donde un centenar de presos están confinados, y se reacondicione el lugar como espacio recreativo.
Esta decisión ya había sido dispuesta por un tribunal de segunda instancia, la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Buenos Aires.
"Las medidas ordenadas por el tribunal de Casación en el caso resultan destacables, debido a que ponen límite a una política del SPF que sólo agrava la situación y profundiza la vulneración de derechos de las personas privadas de libertad", celebró la PPN.
El organismo recordó que la política penitenciaria denunciada vulnera la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos, puesto que las personas privadas de su libertad deben ser tratadas "con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano".
Caso extensivo al país
Con estas dos órdenes, el tribunal se declaró incompetente para continuar entendiendo en el caso y ordenó su remisión al juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3, a cargo de Daniel Rafecas.
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