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La Corte Suprema argentina declara inconstitucional el impuesto a las ganancias de jubilados

CC BY-SA 4.0 / Roblespepe / Palacio de justiciaPalacio de Justicia, sede de la Corte Suprema de Justicia de Argentina
Palacio de Justicia, sede de la Corte Suprema de Justicia de Argentina - Sputnik Mundo
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BUENOS AIRES (Sputnik) — La Corte Suprema de Argentina declaró la inconstitucionalidad de cobrar a jubilados y pensionistas el impuesto a las ganancias por cuatro votos a favor y uno en contra.

"Corte Suprema declara inconstitucional el pago a las ganancias para jubilados", informaron fuentes judiciales a las que accedió Sputnik.

En un fallo adverso al Gobierno de Mauricio Macri, el máximo tribunal del país ordenó no retener los haberes en concepto de ganancias que tienen jubilados y pensionistas hasta tanto el Congreso legisle la exención a favor de todos ellos.

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Los ministros (jueces) Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti votaron a favor de la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre las jubilaciones y pensiones en un caso particular que presentó una jubilada de la provincia de Entre Ríos (este) en 2015, María Isabel García.

Esta jubilada tenía 79 años cuando impulsó contra el ente recaudatorio, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), una acción para que se declarase la inconstitucionalidad de la deducción del impuesto a las ganancias sobre su beneficio.

La jubilada señaló que padecía problemas de salud y que los descuentos en su beneficio oscilaban entre el 29,33 y el 31,94%.

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En un fallo de segunda instancia, la Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad de la Ley de Impuesto a las Ganancias y que había ordenado a la AFIP que cesara aplicar este tributo sobre la jubilación de la señora García y le devolviese las sumas que se hubiesen retenido desde la presentación de la acción.

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Tras recordar el alcance de los principios de igualdad y de razonabilidad en materia tributaria, la Corte Suprema destacó que el presente caso debe resolverse en base a la naturaleza eminentemente social del reclamo efectuado por la jubilada.

El alto tribunal recordó que la reforma a la Constitución de 1994 garantizó "la igualdad real de oportunidades y de trato" a favor de los jubilados, como grupo vulnerable, lo que los obliga a contar con mayores recursos para no ver comprometida su existencia y calidad de vida.

Votó en disidencia el juez Carlos Rosenkrantz, que resolvió que la normativa sobre la Ley de Impuesto a las Ganancias que establecen que las jubilaciones y pensiones se encuentran alcanzadas por dicho impuesto son, en principio, constitucionales.

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El fallo de la Corte Suprema puede asentarse como precedente para el resto de jubilados y pensionistas del país que sí pagan hasta ahora el impuesto a las ganancias y atañe a unas 300.000 jubilaciones.

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