"El presente Decreto Legislativo tiene por objeto la formalización de la actividad pesquera artesanal realizada con embarcaciones pesqueras con 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega en el ámbito marítimo", se lee en la norma publicada en el diario oficial, El Peruano.
Asimismo, en el decreto se establece que el mandato de la nueva medida alcanza tanto a los armadores, como a los propietarios y los poseedores de las embarcaciones que no cuenten con el permiso para ejercer la pesca artesanal emitido por el Ministerio de la Producción (PRODUCE).
El plan de regularización de los permisos y de inspección de las embarcaciones será llevado a cabo por PRODUCE, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, y el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera.
La norma busca que, al término de dos años, los actores participantes en la pesca artesanal tengan sus embarcaciones inscritas en un registro formal, además de contar con el permiso para la explotación de los recursos marinos de acuerdo a la naturaleza de su actividad.