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Tribunal argentino declara inconstitucional decreto migratorio del Gobierno

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BUENOS AIRES (Sputnik) — Un tribunal argentino decretó que es inconstitucional el decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado hace más de un año por el presidente Mauricio Macri para limitar las condiciones de permanencia e ingreso de extranjeros a este país.

"La Sala V de la Cámara de lo Contencioso Administrativo Federal declaró la 'invalidez constitucional del decreto 70/2017'", anunció en un comunicado la Comisión Argentina para los Refugiados y Migrantes (Caref).

El tribunal esgrimió dos motivos para declarar la inconstitucionalidad del decreto por el que el Gobierno modificó la Ley de Migraciones en enero de 2017.

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Los jueces señalaron que el Poder Ejecutivo utilizó la herramienta del DNU por una supuesta "emergencia en seguridad", cuando "el decreto no expone razones válidas —dadas las deficiencias que presenta en el análisis de las estadísticas— para sostener la necesidad inmediata de modificar la ley eludiendo la participación del Congreso".

De este modo, la Cámara no observó que estuvieran dadas las condiciones para que el Gobierno asumiera las facultades del parlamento, que en cualquier caso debe convalidar los DNU firmados por el jefe de Estado.

En segundo lugar, el tribunal alegó que el decreto atenta contra derechos fundamentales de los inmigrantes.

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El DNU "establece una serie de restricciones al derecho al debido proceso que no se compadecen con los fines que declara perseguir la norma", dijo el tribunal.

Migración y criminalidad

Los jueces también objetaron el intento del Gobierno de relacionar migración y criminalidad para justificar la normativa contraria a los derechos de los extranjeros residentes en el país.

"A partir de la vinculación que se arguye entre criminalidad y migrantes, se establece un mecanismo sumarísimo de expulsión aplicable a cualquier extranjero, sin consideración a sus circunstancias personales, tenga o no antecedentes penales", sostiene el texto.

De acuerdo a la resolución judicial, el decreto "también recoge en su articulado soluciones que son incompatibles con los estándares constitucionales y de derechos humanos que forman parte de las condiciones de vigencia de los instrumentos internacionales en la materia".

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Aunque el DNU puede considerarse inválido ante la falta de argumentación que justifique su urgencia, "se advierte que las medidas que constituyen el objeto del acto no guardan proporcionalidad ni razonabilidad con los fines que se pretende alcanzar", indica el fallo.

Los magistrados también observaron que el decreto atenta contra un colectivo "en situación de inferioridad en cuanto al ejercicio real y efectivo de sus derechos".

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De acuerdo al razonamiento de la Cámara, cualquier persona de nacionalidad extranjera podría ser expulsada del país o podría ver limitada su permanencia en él desde el momento en que el decreto “no se limita a los casos de quienes tienen antecedentes penales o específicamente a quienes poseen antecedentes penales por infracciones a la Ley de Estupefacientes”.

Ley de Migraciones

El DNU modificó la Ley de Migraciones, sancionada por la administración anterior en diciembre de 2013 tras un amplio debate en el que participaron organizaciones sociales y entidades de derechos humanos.

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Al mes de ser emitido, el decreto fue examinado por una comisión bicameral del Congreso que no consiguió emitir un dictamen sobre su validez.

Ante esta situación, el Caref presentó un recurso junto al Centro de Estudios Legales y Sociales y al Colectivo por la Diversidad para que la justicia anulase y declarase inconstitucional el decreto firmado por Macri.

En octubre del año pasado, un juez rechazó la demanda y solo reconoció el derecho de los migrantes de acceder a la defensa gratuita, por lo que las tres entidades litigantes recurrieron a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso y Administrativo Federal.

El fallo de este tribunal pone en jaque la política migratoria del Gobierno, que hasta ahora no había sido cuestionada en el Poder Judicial.

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El decreto vigente abre la puerta a que cualquier inmigrante pueda ser sujeto de detención y deportación sumaria por tener una causa penal abierta, sin que importe la naturaleza de la denuncia y aunque no exista condena, o por cometer una falta administrativa en sus trámites migratorios, de acuerdo a los colectivos de derechos humanos. 

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