"La falta de recolección de ese porcentaje en cualquiera de los estados o del Distrito Capital, haría nugatoria la válida convocatoria del referendo revocatorio presidencial", indica el documento.
Este fallo responde al recurso de interpretación que introdujo el ciudadano Erick Alexander Ramírez Trujillo, Coordinador Nacional del partido de izquierda Nuevo Camino Revolucionario.
El máximo tribunal de Venezuela hace especial énfasis en que la tapa de recolección de las manifestaciones de voluntad no puede confundirse con el referendo, donde participa la totalidad del padrón electoral, "tanto a los que apoyan la revocatoria del mandato como a aquéllos que aspiran a ratificar en el cargo al funcionario".
Esta sentencia número 147 de la Sala Electoral ratifica la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE), acerca de la recolección de las firmas, que se realizará los días 26, 27 y 28 de octubre.
Los voceros de la MUD consideraron esa decisión del CNE como un obstáculo para hacer más difícil el camino al referendo presidencial.
Sin embargo, las rectoras del Poder Electoral declararon por diversos medios que se trata de una medida para proteger los derechos de quienes quieren el referendo y quienes se oponen.
Desde hace dos semanas la oposición se prepara para un anuncio del TSJ, que habían asegurado intentaría anular la recolección del 20 por ciento, alegando fraude electoral, algo que habían señalado no permitirían.