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La OEA se arriesga a deslegitimarse si suspende a Venezuela

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MONTEVIDEO (Sputnik) — Venezuela no perdería nada si fuera suspendida como miembro de la OEA por una mayoría de dos tercios de la Asamblea General, pero el propio organismo hemisférico comprometería su legitimidad, dijo a Sputnik Nóvosti el escritor y jurista venezolano Luis Britto.

"Venezuela no vive de la OEA (Organización de los Estados Americanos). Si se suspende a un país porque no sigue los dictámenes de las potencias del Norte quien queda deslegitimada es la OEA, una organización cuyos mandos son consecutivamente hostiles al país", opinó Britto.

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¿Qué supone la aplicación de la Carta Democrática de la OEA?
El secretario general de la OEA, Luis Almagro, invocó el lunes la Carta Democrática del organismo al solicitar una sesión urgente del Consejo Permanente por "alteración del orden constitucional" en Venezuela, medida que puede llevar a la convocatoria de una Asamblea General y en caso de obtenerse una mayoría de dos tercios, a la suspensión de un Estado miembro.

El artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana, aprobado en 2001, faculta al organismo a convocar a una sesión del Consejo Permanente para realizar las gestiones diplomáticas pertinentes en caso de "alteración del orden constitucional" en cualquiera de los 34 Estados parte del organismo.

En opinión de Britto, se trata "más bien de una carta antidemocrática que invoca EEUU cuando cree que algún Gobierno no sigue los dictados de esa potencia".

El abogado y premiado escritor duda que esa mayoría de dos tercios se vaya a conseguir.

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Britto recordó "el mal precedente que supuso la Cumbre de las Américas de 2015 que se celebró en Panamá, donde el presidente estadounidense Barack Obama intentó reunir un consenso contra Venezuela" en función del decreto (ejecutivo) que señalaba al país sudamericano como una amenaza para la seguridad de EEUU "y no consiguió consenso".

La Carta Democrática de la OEA establece que "en caso de que en un Estado miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado miembro o el secretario general podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime convenientes".

La normativa agrega que este Consejo "podrá disponer la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática" en el país en cuestión.

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