"En la sentencia de la Corte de 2012 (…) no se especifica nada sobre la plataforma continental", dijo en la audiencia el representante de Nicaragua, Carlos José Argüello, quien agregó que la tesis que sostiene Colombia de que la Corte no es competente en el diferendo limítrofe es una "fuente de inestabilidad".
"Esta Corte no rechazó la demanda de Nicaragua a reclamar una plataforma continental; una cosa diferente es que no haya podido acoger la demanda", precisó Argüello.
Los alegatos de Colombia y Nicaragua ante la Corte comenzaron la semana pasada, cuando el país centroamericano acusó a Colombia de violar los acuerdos pactados tras la declaración del 19 de noviembre de 2012.
En esa fecha, el alto tribunal de la ONU asignó una nueva delimitación a la frontera marítima entre ambos países, en razón de la cual quedaron bajo soberanía colombiana siete cayos del archipiélago de San Andrés (noroeste), mientras que a Nicaragua se le otorgó una franja marina en esa zona que antes pertenecía a Colombia.
Este país calcula esa franja en unos 75.000 kilómetros cuadrados, mientras que Nicaragua asegura que supera los 90.000.
Esta semana el debate gira en torno a la solicitud de Nicaragua de que se amplíe su frontera marítima, para lo cual defiende la tesis de que la plataforma continental del país se extiende más allá de las 200 millas náuticas desde su costa.
Colombia se mantuvo en su posición de que el asunto es “cosa juzgada”, y que como tal la Corte no tiene competencia en el tema, ante lo cual Argüello defendió que el tribunal ejerce una "jurisdicción continua".
"En el caso actual, la evidencia de que Nicaragua tiene una plataforma continental extendida es abrumadora", sostuvo Argüello ante la Corte.
Además de pedir a la Corte que determine el curso preciso de la frontera de la plataforma continental, Nicaragua también solicita al tribunal que indique los derechos y deberes de los dos Estados en relación con el área de pretensiones superpuestas y el uso de sus recursos hasta tanto se delimite con exactitud la línea de frontera.