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Condenan al PP y al extesorero del partido Luis Bárcenas por la reforma de su sede en Génova

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La Audiencia Nacional ha condenado a dos años de prisión a Bárcenas, al partido y también a los socios de la empresa que llevó a cabo la reforma de la sede de los populares en la calle Génova de Madrid.
El Tribunal ha dado por probado que el Partido Popular pagó en negro la reforma de su sede en Madrid. Por ello, ha condenado al ex tesorero general del PP Luis Bárcenas a dos años de cárcel por pagar en 'b' más de un millón de euros de las obras de reforma la sede y al Partido Popular como responsable civil subsidiario de Bárcenas en la cuantía de 123.669 euros por el impuesto de Sociedades de la constructora Unifica de 2007.
La Audiencia considera que Bárcenas cometió un delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particulares y le impone una multa de 1,2 millones de euros. La sentencia relata cómo Bárcenas desempeñó el cargo de gerente desde 1990 a 2008, un periodo en el que gestionó fondos en metálico aportados a la formación conservadora como donaciones privadas "a través de una contabilidad paralela de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas".
"La Audiencia Nacional ha condenado a dos años de cárcel al extesorero del PP Luis B. por abonar a la empresa Unifica una cantidad de 1.072.000 euros por las obras realizadas en la sede central del PP, en la calle de Génova de Madrid, al margen de la facturación y la contabilidad oficial y no declarados a la Hacienda pública", asegura la institución en un comunicado.
El control de los ingresos procedentes de esas donaciones, así como de los gastos, fueron plasmados por el extesorero en unas hojas que cumplimentaba con anotaciones manuscritas y después en hojas de Excel, en lo que popularmente se conoce como los "papeles de Bárcenas".
Estos papeles, señala la sentencia, no contenían un registro sistemático de entradas y salidas, adoleciendo de diversos errores de contabilidad.
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No obstante, el fallo constata que los papeles "reflejan acontecimientos cuya realidad ha quedado acreditada", como los traspasos a las cuentas de donativos, entregas de dinero a determinadas personas vinculadas con el PP o los pagos por las obras de reforma de la sede central de la formación.
"Este dinero, siempre en efectivo y ajeno a todo control del departamento de contabilidad y del cajero del partido, se guardaba en una caja fuerte ubicada en el despacho de Bárcenas", afirma el fallo.
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La naturaleza de esos papeles, en los que aparece anotado el pago sobresueldos a antiguos altos cargos del PP –entre ellos Mariano Rajoy, expresidente del Gobierno– es objeto de investigación en una pieza separada.
Por ello, la sentencia emitida por la Audiencia Nacional en el caso de la reforma no entra a enjuiciar los posibles sobresueldos ni los gastos electorales presuntamente sufragados por la caja B.

Condena al Partido Popular

Asimismo, la Sala también considera que las personas jurídicas, en este caso, de las sociedades Unifica y PP, son responsables subsidiarios por los delitos cometidos por sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios.
Según los magistrados, esos pagos se realizaron "al margen de la facturación y la contabilidad oficial", por lo que consideran a Bárcenas como cooperador necesario de un delito continuado de falsedad contable en concurso con un delito contra la Hacienda Pública.
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En adición, la Audiencia Nacional condena a Gonzalo Urquijo, arquitecto de la empresa Unifica, y su socia Belén García a dos años y nueve meses de prisión combinados con una multa de 2,6 millones de euros como autores de un delito contra la Hacienda Pública.
La Sala absuelve a los otros dos acusados en este procedimiento: Cristóbal Páez, exgerente del PP, y Laura Montero, empleada de Unifica.
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Bárcenas, Urquijo y Belén García fueron absueltos del resto de los delitos de los que estaban acusados, entre ellos asociación ilícita, delito electoral, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y falsedad documental.
En el caso particular de Bárcenas, el tribunal le aplica la atenuante de confesión al haber quedado acreditada su "colaboración real, activa y eficaz" para el esclarecimiento de los hechos y sus autores.
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