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Justicia mexicana invalida artículo sobre objeción de conciencia que limita el aborto

© Foto : Pixabay/JuliaFiedlerPrueba de embarazo
Prueba de embarazo - Sputnik Mundo, 1920, 21.09.2021
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CIUDAD DE MÉXICO (Sputnik) — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México resolvió la invalidez del artículo 10 bis de la Ley General de Salud (LGS), sobre objeción de conciencia, al considerar que su redacción es deficiente y permite abusos en su invocación por parte de personal médico, especialmente en los casos de aborto.
"Hoy la SCJN da plena efectividad al derecho a la interrupción del embarazo. La ley debe establecer las condiciones y modalidades para que la objeción de conciencia no interfiera con los deberes de disponibilidad en materia de salud, en especial con los DDHH de las mujeres", anunció el magistrado presidente, Arturo Zaldívar, a través de su cuenta de Twitter.
La decisión obtuvo ocho votos a favor de un total de 11 magistrados.
La SCJN explicó que en el artículo invalidado "no se establecían las salvaguardas necesarias para garantizar los derechos humanos de otras personas, en especial el derecho a la salud".
La norma invalidada era "un cheque en blanco para que se nieguen los servicios de salud particularmente tratándose del aborto, en contraversión de otros derechos humanos que la Constitución reconoce", dijo en el debate Zaldívar.
La justicia mexicana reconoce el derecho a la objeción de conciencia y señala que cuenta con fundamentos constitucionales en materia de la libertad religiosa y de conciencia, pero considera así como estaba "sin más límites que los casos de urgencia y riesgo de la vida" da lugar abusos en su invocación.
A principios de septiembre la Suprema Corte declaró inconstitucionales leyes estatales que penalizaban el aborto.
Ante esa sentencia, Zaldívar resaltó que no alcanza con "reconocer y desarrollar derechos si en la práctica esto no lleva a ningún lado".
"Nos toca velar por la plena efectividad de estos derechos y nuestras sentencias", añadió.
En ese sentido considero que dejar en vigor este artículo de la LGS es dar una herramienta a los grupos permanentemente se oponen a la libertad de las mujeres para que decidan sobre su cuerpo.
"De nada sirve que con una mano reconozcamos el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo, si con la otra damos pie a que este derecho se les cercene, se les quite, quede en mera declaración retórica", expresó.
Los 11 magistrados de la Suprema Corte sesionarán nuevamente el 21 de septiembre para definir los lineamientos mínimos para el ejercicio de la objeción de conciencia entre personal médico.
También determinarán si emiten un exhorto o un mandato al Congreso para que legisle en la materia de acuerdo a los estándares que se determinen.
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