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Absuelven a los agentes que acompañaban a Puigdemont cuando fue detenido en Alemania

© AP Photo / Markus SchreiberCarles Puigdemont, expresidente de Cataluña
Carles Puigdemont, expresidente de Cataluña - Sputnik Mundo, 1920, 23.07.2021
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MADRID (Sputnik) — La Audiencia Nacional de España acordó la absolución de los dos agentes de los Mossos D'Esquadra —la Policía autonómica de Cataluña— que fueron acusados de encubrimiento tras acompañar por varios países de Europa al expresidente catalán Carles Puigdemont hasta su detención en Alemania.
"La sentencia considera acreditado que los dos agentes ayudaron a Puigdemont, conscientes de que era investigado en España y que había una orden europea de detención contra él, pero concluye que los hechos no se pueden tipificar como delito de encubrimiento", informa la Audiencia Nacional.
El fallo explica cómo los dos agentes, aprovechando sus días libres de servicio, recogieron a Puigdemont en Estocolmo e iniciaron con él un viaje por varios países de Europa para dar charlas y conferencias en un intento del líder independentista por explicar su visión del conflicto territorial en Cataluña al público exterior.
La intención de los acusados, según el juez, "era ayudar a Carles Puigdemont a regresar a Bélgica y evitar su identificación en algún lugar donde pudieran ejecutar la orden europea de detención".
Sin embargo, esa gira terminó con su detención el 25 de marzo de 2018 en el estado federal alemán de Schleswig-Holstein, donde un tribunal analizó la petición de extradición española.
Dicho tribunal acordó extraditar a Puigdemont por un delito de malversación, pero no por uno de rebelión, al entender que el intento de ruptura con España de 2017 no tuvo un carácter violento. Ante la imposibilidad de poder juzgarle por rebelión, el Tribunal Supremo rechazó su entrega a España.
En su sentencia sobre los dos agentes, la Audiencia Nacional analiza que solo podría calificarse su actuación como un delito de encubrimiento en el caso concreto de que se hubieran intentado ocultar hechos tipificados como rebelión o que el favorecido hubiera obrado con abuso de funciones públicas, requisitos que a su modo de ver no se dan en este caso.
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En este sentido, el juez recuerda que los hechos juzgados por la causa del procés —donde se juzgó a los integrantes del Gobierno de Puigdemont que no huyeron de España— fueron tipificados por el Tribunal Supremo como delito de sedición y no de rebelión.
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