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La Justicia ordinaria española investigará la gestión inicial del COVID-19

© REUTERS / Jon NazcaMédicos en España
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BILBAO, ESPAÑA (Sputnik) — El Tribunal Supremo español decidió remitir a la justicia ordinaria para su investigación las 20 querellas y 30 denuncias presentadas en los últimos meses contra el Gobierno de Pedro Sánchez por la gestión de la pandemia.
En el auto del Alto Tribunal hecho público este 18 de diciembre se explica que la Sala Segunda acuerda "deducir testimonio de esas querellas y denuncias y remitirlas al Juzgado decano de los Juzgados de Madrid para que se incoen las causas penales que correspondan, o se acumulen a las que ya estén siendo o hayan sido objeto de tramitación".
Se hace eco así de los escritos presentados por distintos sindicatos, asociaciones, organizaciones profesionales del ámbito de la sanidad y de las Fuerzas de Seguridad, familiares de víctimas del coronavirus y la formación conservadora radical Vox.
Sobre la responsabilidad del Gobierno, el Supremo explica que cuando las diligencias que solicita a los juzgados madrileños pongan de manifiesto indicios de responsabilidad contra algún aforado, será el momento de que el juez de instrucción, en su caso, eleve una exposición razonada sobre ellos al Supremo.
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Los aforados denunciados son el presidente del Gobierno, los vicepresidentes y el resto de ministros, los magistrados del Tribunal Constitucional y del Supremo, el Defensor del Pueblo, y la presidenta de la Comunidad de Madrid.
Entre los hechos denunciados también destaca la organización del Día Internacional de la Mujer, el domingo 8 de marzo de 2020, que fue objeto de disputa política a posteriori, dadas las concentraciones masivas autorizadas, tan solo 6 días antes de que el Gobierno cambiara radicalmente de parecer de cara a la opinión pública y decretara el primer estado de alarma el sábado 14 de marzo de 2020.
En torno a este asunto, el escrito del Supremo aclara que la calificación jurídico-penal de un hecho "no puede hacerse depender de la indignación colectiva por la tragedia" y explica además que "sólo nos corresponde examinar la posible existencia de responsabilidad criminal y determinar si (…) las personas aforadas podrían haber incurrido en alguna conducta tipificada en la ley como delito".
Finalmente advierte a los querellantes de la complejidad de enjuiciar a los aforados por este tipo de hechos: "la responsabilidad penal es estrictamente personal y la imputación puede ser especialmente compleja cuando la supuesta acción delictiva tiene lugar en el marco de una organización o estructura compleja y jerarquizada".
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