"La presente ley tiene como objeto establecer el marco jurídico de regulación aplicable a las personas naturales o jurídicas (…) que respondiendo a intereses y obteniendo financiamiento extranjero, utilice esos recursos para actividades que deriven en injerencia de Gobiernos (…) en los asuntos internos y externos de Nicaragua atentando contra la independencia, la soberanía y la autodeterminación nacional, así como la estabilidad político y económica del país", describe el texto al fijar el objeto de la nueva norma legal.
La ley codificada con el número 1.040 establece multas, sanciones y autoriza a solicitar la intervención de bienes y activos, así como la cancelación de la personalidad jurídica a las ONG si intervienen en actividades o temas de política interna.
El nuevo cuerpo legal exceptúa a:
- las personas pensionadas extranjeras que residen en el país y reciben dinero por ese concepto;
- personas naturales que reciben remesas familiares;
- empresas productivas y comerciales extranjeras con filiales en Nicaragua;
- misiones diplomáticas acreditadas y corresponsales de medios internacionales de prensa, entre otras figuras.
Diputados sandinistas argumentaron durante el proceso de debate de la Ley RAE que no tiene carácter penal, solo marca la obligación de los entes clasificados como agentes extranjeros a registrarse ante el órgano competente, el Ministerio de Gobernación.