"No concurren las razones de especial urgencia que exige la doctrina para adoptar una suspensión en este caso de la orden ministerial", señala el tribunal en un auto.
De esta manera, queda rechazada la medida cautelarísima solicitada por un abogado particular en contra de las nuevas restricciones por el coronavirus, en vigor desde el 2 de octubre.
No obstante, queda pendiente la resolución de la Audiencia Nacional sobre el recurso presentado por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, que ve la orden ministerial como una invasión de sus competencias.
En total, las medidas afectan a 4,6 millones de ciudadanos que solo pueden abandonar el área en la que viven para trabajar o por determinados motivos de fuerza mayor.
Además, actualmente Madrid prohíbe las reuniones sociales con más de seis asistentes y mantiene limitado el aforo al 50% en locales comerciales y hostelería.
La orden ministerial que sentó las bases para el cierre de Madrid crea una serie de criterios comunes para todo el país, algo que este 5 de octubre fue aprovechado por la región de Castilla y León para aplicar restricciones a la movilidad similares en dos de sus principales ciudades.