- Sputnik Mundo
Internacional
Todas las noticias mundiales en un mismo portal informativo. Sigue de cerca lo que pasa en diferentes regiones del planeta.

Claves de la nueva ley de teletrabajo en España: mayor flexibilidad horaria e igualdad de derechos

CC0 / Pexels / Teletrabajo, foto ilustrativa
Teletrabajo, foto ilustrativa - Sputnik Mundo
Síguenos en
Tras lograr un preacuerdo con empresarios y sindicatos, el Gobierno aprueba un texto legal que obliga a las empresas a compensar gastos derivados de trabajar a distancia, y que instituye el derecho de los empleados a flexibilizar su horario laboral. El teletrabajo será pactado y voluntario. Se busca fomentar la economía local y la competitividad.

La llamada Ley de Trabajo a Distancia, la norma jurídica que regulará el teletrabajo en España, contempla disposiciones acordadas entre el Ejecutivo de Pedro Sánchez y organizaciones sindicales y patronales como CCOO, UGT, CEOE y CEPYME. 

Unas personas con portátiles (imagen referencial) - Sputnik Mundo
España
España avanza en una ley para regular el teletrabajo tras el coronavirus
Todas estas organizaciones han refrendado de manera interna los acuerdos, tras lo cual el Gobierno ha aprobado la norma en Consejo de Ministros mediante un real decreto-ley. La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha agradecido la aportación de todas ellas en el desarrollo del texto. "Se han dejado la piel", ha manifestado en rueda de prensa, subrayando asimismo que la nueva ley "va a cambiar todo" en las relaciones laborales.

"Inauguramos la legislación laboral del siglo XXI, que vamos a empezar a desplegar desde el Ministerio de Trabajo", ha dicho Díaz.

En palabras de la ministra, la norma "ocupa un vacío legal". Entre otros aspectos, la nueva ley se ocupará de evitar situaciones como las que se han dado de modo recurrente a partir de la etapa de confinamiento, cuando la jornada laboral real de los empleados que teletrabajaban se ha visto en muchos casos incrementada de manera ostensible.

Una vez presentada la norma, Sputnik explica cuáles son sus puntos clave:

  • Las condiciones se tienen que consignar por escrito
    Las condiciones del teletrabajo tendrán que consignarse por escrito. En sí misma, la modalidad del trabajo a distancia será voluntaria tanto para el trabajador como para su empleador y, en cualquier caso, se garantizará la igualdad de derechos entre quien opere de manera presencial y quien lo haga a distancia.

    Desde el Ministerio de Trabajo  señalan que la nueva norma "fomentará el comercio y la economía local", dado que evita que el consumo se desplace. "Aumentará la competitividad de la economía española" ha asegurado Yolanda Díaz, para quien los agentes sociales "han vuelto a estar a la altura" durante la negociación". Las empresas tienen 20 días para adecuarse a las nuevas condiciones. 

  • Cuándo entra en vigor y cómo se aplica
    El marco de su aplicación abarca las relaciones laborales que "se desarrollen a distancia con carácter regular", un concepto que atañe al trabajo a distancia que se preste en un periodo de referencia de tres meses durante un mínimo del 30% de la jornada "o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo".

    La ley entrará en vigor pasados 20 días de la publicación del real decreto-ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y establece plazos transitorios. Las empresas que ya estuvieran aplicando el teletrabajo, tendrán un plazo de tres meses para satisfacer las nuevas exigencias mediante la formalización de un acuerdo escrito con sus trabajadores. Para aquellas otras que lo estuvieran aplicando en virtud de acuerdo colectivo, sus situaciones seguirán vigentes hasta la conclusión del periodo. En caso de no haber una fecha final, las empresas tendrán un máximo de un año para adaptarse a la nueva ley.

    La ley no será de aplicación al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, que se regirá por su normativa específica.

  • Con horario flexible y evitando riesgos laborales
    La ley busca adecuar el cumplimiento de la jornada laboral atendiendo a las circunstancias personales. Los trabajadores podrán organizarse la jornada según mejor les convenga, pero de acuerdo a los términos pactados en el acuerdo escrito con la empresa o en la negociación colectiva. 

    "La norma está basada en la flexibilidad interna y con derechos", ha declarado la ministra Yolanda Díaz. "Refuerza el derecho a la desconexión, no podemos estar permanentemente conectados. En este marco se pautará el tiempo en que debemos estar disponibles", ha explicado, añadiendo que de este modo se garantizará un "registro horario" y que pueda posibilitar la conciliación familiar. Es decir, se regula el derecho a registrar el momento de inicio y finalización de la jornada.
     
  • Las empresas asumen los gastos
    La ley precisa que las empresas habrán de proveer de aquellos "medios, equipos, herramientas y consumibles" cuando el trabajo a distancia suponga un gasto extra para el trabajador, así como su mantenimiento. 

    En otras palabras, los empleadores dotarán, por ejemplo, de un ordenador portátil y sus programas, abonando la factura en caso de reparación por avería. "Todos los gastos, que no tienen que ser necesariamente en el hogar, correrán a cuenta de los empresarios", ha incidido Yolanda Díaz.

  • Con los mismos derechos que los trabajadores presenciales
    No podrá haber diferencias en este aspecto entre aquellos trabajadores que presten sus servicios de manera presencial en el centro de trabajo y los que lo hagan a distancia desde su domicilio u otro lugar. 

    Tampoco las habrá en la retribución y la estabilidad del empleo, ni en la duración de la jornada o en la formación y promoción profesional. Se mantendrán los complementos salariales vinculados a las condiciones personales, como por ejemplo los de conciliación familiar. En palabras de la ministra de Trabajo, "la norma iguala derechos". 

  • El teletrabajo será voluntario y pactado
    La opción de teletrabajar no puede ser ni impuesta por parte del empleador, ni exigida por parte del empleado. Será voluntario y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia. 

    Un aspecto muy importante es que las posibles dificultades que surjan producto de la dificultad de adaptarse a esta modalidad de prestación de servicios no podrán ser causas justificativas de despido ni de modificación "sustancial" de las condiciones de trabajo. "No puede existir una causa de despido objetivo por causa de inadaptación", ha subrayado Díaz. 
Lo último
0
Para participar en la conversación,
inicie sesión o regístrese.
loader
Chats
Заголовок открываемого материала