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El COVID-19 aviva el fantasma de la 'okupación': ¿Cómo es esta nueva 'pandemia'?

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Cada día, este fenómeno acapara titulares y fomenta el temor social. Incluso es pasto de debate político. Pero el porcentaje de usurpaciones es mínimo.

La imagen muestra a una presentadora en una calle cualquiera. Hace unos días, alguien entró ilegalmente en su casa de Madrid. Hoy la ha recuperado. Y la audiencia va a ser cómplice de la experiencia contada por ella misma. Pero entra en escena la inquilina inesperada. Se enzarzan en una discusión que luego saldrá reproducida en artículos con titulares como "Una periodista consigue echar a unos okupas que le pedían 1.500 euros".

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Más casos: unos okupas se han metido en un chalet de 4.000 metros cuadrados en Cadrete, localidad a 12 kilómetros de Zaragoza (una ciudad del noreste español). Al contarles la luz, se marchan y dejan un reguero de noticias y comentarios de indignación. Otro: los vecinos consiguen expulsar a un grupo de moradores ilegales en Segur de Calafell, Tarragona. "El problema es que se meten delincuentes, a robar, a traficar con drogas", expone uno de los residentes. Creen que hay "unas 300" viviendas en esta situación.

Y uno con cola: unos okupas se han metido en la urbanización Eurovillas, de la localidad madrileña Nuevo Baztán. La televisión les ha entrevistado. Los vecinos han intentado agredirles. Una mañana cualquiera se convierten en trending topic por provocar un incendio. "Esto es totalmente insoportable, yo misma le he ofrecido trabajo al propio okupa en una tienda que tengo, pero dijo que no y me pidió 3.000 euros para irse. Nos han hecho fotos a las matrículas de los coches y a nuestras caras, nos amenazan y se desnudan para que les veamos", declaraba una vecina.

​Cada día salta alguna noticia de este estilo y plantea las mismas inquietudes: qué hacer si entran en tu casa, cómo protegerte ante la indefensión legislativa, quién nos ampara frente a los ejércitos de usurpadores. El COVID-19, además, ha agitado el avispero: la firma de una moratoria por parte del Gobierno para detener los desahucios durante seis meses y la cláusula del Boletín Oficial del Estado en abril en la que ofrece una "solución habitacional" a víctimas de violencia de género o personas en vulnerabilidad han puesto aún más el foco en las okupaciones. Muchos han anotado que con estas decisiones se instaba a ello desde las instituciones públicas o que incluso se daba paso a las expropiaciones, una lectura errónea.

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Una especie de pandemia paralela que va colonizando pisos céntricos, urbanizaciones periféricas o apartamentos de playa. Sin embargo, ¿cuál es la dimensión real de este fenómeno? ¿Qué hay de verdad en los mensajes de chat que pasan de móvil en móvil? Para empezar, hay que separar lo que es la okupación, es decir, la entrada ilegal a un inmueble deshabitado, que está tipificado como "usurpación", y el allanamiento de morada, que es cuando alguien reside en esa vivienda y que se puede agravar si hay violencia o desperfectos.

El primer supuesto está recogido en el artículo 245.2 del código penal, que dice: "El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses". El segundo, en el 202.1: "el particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años".

​Ahí radica una de las grandes diferencias. Mientras la okupación puede tramitarse por lo civil y conlleva procedimientos más largos, el allanamiento se considera un delito y, por tanto, las penas son mucho más duras y rápidas. "Técnicamente, solo se puede llamar okupa al que usurpa un espacio deshabitado, sea de una persona física o de una entidad, y no es tolerado o consentido", resuelve el abogado José Ramón Felipe Condés, responsable de JR Abogados. "Además, no se le puede llamar así a quien ha dejado de pagar un alquiler o una hipoteca. En ese caso está incumpliendo la ley de arrendamiento o de propiedad", señala el letrado, de 45 años y 16 con el despacho.

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La normativa rige igual en toda España. Por eso, acusar a ciertas autonomías en ser más  o menos flexible con las okupaciones es algo incorrecto. Las únicas leyes que se han incluido últimamente en este sentido son las citadas durante el estado de alarma por el coronavirus y la disposición 5/2018 que modificaba una de 2000. Este decreto fue bautizado como "desahucio exprés" y aventuraba una recuperación del inmueble en 20 días. "Eso ha sido lo único novedoso en el terreno desde hace años y ofrece la posibilidad de ir por vía civil", alega Felipe Condés, que dice que tiene más de reclamo publicitario que de verdad: "En los juzgados, nada es exprés".

En cualquier caso, cuando alguien se mete en una casa de forma ilegal se abre la posibilidad de demandar por vía civil, y así no hay recursos posibles. "Antes solo era por lo penal, y se podía alegar continuamente algo para dilatar la sentencia", explica Felipe Condés, que culpa a la ley 245.2 de los inconvenientes actuales contra la okupación: "Es de risa, porque casi tenía que justificar el propietario que no había dejado que se metieran. Y porque, acogiéndose al punto 18 de la constitución, donde se escribe que 'el domicilio es inviolable', las fuerzas de seguridad no podían entrar. Ahora, al menos, se les pide un documento que acredite que están de forma legal. Y si no lo tienen, terminarán yéndose y con una sanción que casi nunca pagan porque se declaran insolventes”.

​Tal demora hace que muchos recurran a organizaciones como Desokupa, que expulsa a los moradores indeseados en unas horas, o que se hable de que el okupa está más protegido que el propietario. Jorge Marín, abogado de esta compañía, apuntaba en El Español que esta concepción es falsa. Que, en realidad, lo que ocurre es que se genera "desamparo" por los plazos de la justicia e "inseguridad". Entre otras cosas, porque si los inquilinos ilegales pueden demostrar de alguna forma que están en su "morada" se enciende el mecanismo legal.

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Lo de que solo se les puede echar durante las primeras 48 o 72 horas, asegura el letrado, viene porque ellos tienen que justificar que están en su residencia. "Para eso, con tener un papel de la dirección (que puede ser un pedido a una pizzería), les vale. Pero en realidad no es cuestión de horas, sino de si les pillas con las manos en la masa", analiza Felipe Condés. Fallan la ley, los juzgados de guardia y la labor de algunos mandos de las fuerzas de seguridad, resumía Marín.

"Se llama a estos grupos porque hay quien prefiere desalojar a los okupas en pocos días, pagando 3.000 euros, que estar meses sin su vivienda", razona Felipe Condés. "Los okupas saben la ley y juegan con ella, porque su ventaja es ganar tiempo", confiesa. En esta fórmula hay otro elemento en liza: no es igual introducirse en un inmueble particular que en uno de un grupo empresarial como los denominados fondos de inversión o buitres o las pertenecientes a un banco.

​Estos casos suponen, según datos aportados por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, un 80% del total de okupaciones. "Se puede dar la vuelta al proceso judicial y convertir a los demandados amenazados con desahucio en demandantes", esgrimen en el bufete Law Brokers, "se demanda al banco por cláusulas abusivas y se retrasa unos cuatro años de media el proceso de ejecución inmobiliaria".

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No es fácil saber, sin embargo, qué porcentaje representa cada tipo de okupación. En 2019, según el Sistema Estadístico de Criminalidad del Ministerio de Interior, fueron usurpados 14.621 inmuebles. Es decir, unos 40 al día. 2.407 más que el año anterior. En 2020, la cifra también es ascendente: de enero a julio, 7.450. Más que las 7.093 del mismo periodo en 2019. Los cálculos del grupo VPS dan unas 87.000 casas okupadas en total en el territorio español y también reconocen que el 80% pertenecen a entidades bancarias. El Institut Cerdà lo incrementa a 87.500. Además, según el Ministerio de Fomento, del cual depende la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, se estima que en España el parque de viviendas roza los 26 millones, de las cuales algo más de 19 millones son habituales. El último censo del Instituto Nacional de Estadística (INE) —elaborado en 2011 y que no volverá a llevarse a cabo hasta 2021— cifraba el número de viviendas vacías en 3,4 millones. Es decir: el porcentaje de okupación es minúsculo (no alcanza el 2,6%).

​De hecho, la Fiscalía General del Estado recoge en el capítulo IV de su informe de 2019, sobre la evolución cualitativa de la criminalidad del área penal, que "las incoaciones de procedimientos relacionados con usurpaciones" han sufrido "un descenso significativo que continúa la línea emprendida en el ejercicio pasado y que, sobre todo, viene a reflejar una caída en los supuestos de okupación de viviendas contra la voluntad de sus propietarios", solo en los procedimientos penales.

En la memoria (previa a la crisis sanitaria), arguyen que "tal resultado se podría asociar a la situación económica general y deducir que en momentos de recuperación y mayor estabilidad se reduce la okupación de viviendas desocupadas e incluso de las segundas viviendas en zonas costeras".

Para enredar el asunto, existe quien okupa por necesidad o activismo y quien se lucra. Hay mafias que abren puertas con el método "de patada", es decir, tirando la puerta y cambiando la cerradura, y quien ha requerido un techo después de quedarse en la calle o quien milita por el derecho a la vivienda. Los primeros son los que más miedo suscitan. Han surgido en los últimos años (sobre todo desde el crac económico de 2008) y representan una red que implica a ávidos usurpadores, intermediarios que alquilan o venden el inmueble a un precio mucho menor al del mercado y conglomerados empresariales que compran bloques enteros como un chollo.

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Los segundos responden a un movimiento anterior, con una filosofía concreta que versa sobre el derecho a una vivienda asequible. Un ejemplo es Natalia, artesana de 42 años que okupa una casa en Granada. "Lo hago tanto motivos económicos como ideológicos", arguye a Sputnik por correo electrónico. Ella quería dedicarse a la cerámica y vivir en el campo, así que se fue al cortijo andaluz donde vive. "Es un derecho tener una vivienda digna. Lo que no me parece legítimo en absoluto es que exista tanta especulación con una necesidad primaria como es la vivienda", contesta, defendiendo su actuación.

"Por cuestión de principios, para okupar, lo ideal —a mi entender— son las casas que pertenecen a los bancos. O bien las que debido a un larguísimo tiempo de abandono se están deteriorando peligrosamente. Las casas en las que he vivido pertenecen al segundo grupo y durante mi estancia he rehabilitado el espacio concienzudamente, devolviéndole la vida a un lugar que estaba destrozado", añade, aseverando que cada caso es único.

"Cada persona tenemos unas u otras circunstancias y necesidades, y cada quien hace lo que puede. Considero que esta sociedad actual nos presiona, nos esclaviza, nos ahoga. No es fácil mantener una economía que permita desarrollarnos dignamente, y mucho menos para las personas en circunstancias de marginalidad que -probablemente, y por desgracia- nunca podrán acceder a una vida digna", observa.

Independientemente del motivo, la okupación ha sido uno de los temas del verano. Los partidos políticos de la oposición han sugerido que el Gobierno anima a esta acción o se han extendido versiones parciales de las leyes para fomentar la alarma social. Pero ni se ha autorizado la incautación, como dicen algunos, ni se respalda a los okupas. Aunque el desayuno se sirva con imágenes de una reportera enfrentada a su usurpadora o con anuncios de radio que insisten en custodiar tu propiedad contra semejante riesgo.

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