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Destituyen e inhabilitan a cinco militares colombianos por asesinato de exFARC

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Asesinato (imagen referencial) - Sputnik Mundo
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BOGOTÁ (Sputnik) — La Procuraduría General de Colombia (Ministerio Público) destituyó e inhabilitó por 20 años para ejercer cargos públicos al coronel del Ejército Jorge Armando Pérez Amézquita, tras hallarlo disciplinariamente culpable de la muerte del excombatiente de FARC Dimar Torres, ocurrida el 22 de abril de 2019.

El organismo, que anunció su decisión en un comunicado, determinó que Pérez Amézquita, entonces comandante del Batallón de Operaciones Terrestres No. 11 del Ejército Nacional, fue "determinador, provocador e instigador de la muerte del ciudadano Dimar Torres Arévalo".

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Asimismo, la Procuraduría destituyó e inhabilitó por 14 años al cabo segundo del Ejército Daniel Eduardo Gómez Robledo, al encontrar que fue el autor material del crimen, y por 12 años a los soldados profesionales Cristian David Casimilas Pulido, William Andrés Alarcón Castrillón y Yorman Alexánder Buriticá Duarte como cómplices del crimen.

De acuerdo con las investigaciones, la tarde del 22 de abril de 2019 Dimar Torres se movilizaba en una motocicleta y mientras pasaba frente a la base Sinaí del Ejército Nacional, en la vereda (aldea) Carrizal, del municipio de Convención, Norte de Santander (nordeste), fue detenido y recibió cuatro disparos de fusil por parte del cabo Daniel Eduardo Gómez Robledo.

Mientras, los otros soldados ayudaron a esconder la motocicleta y cavaron una fosa en una zona boscosa ubicada a 15 metros de las instalaciones militares, en la que fue sepultado el cuerpo del exFARC.

Sin embargo, la comunidad se dio cuenta del hecho rápidamente y denunció a los militares ante las autoridades.

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El coronel Pérez Amézquita señalaba a Torres de ser integrante de la guerrilla ELN pese a haberse desmovilizado de las FARC y acogido al Acuerdo Final de Paz, así como de haber asesinado (el 12 de abril de 2019) al soldado Pablo Emilio Borja García a través de un campo minado, por lo que ordenó el asesinato del exrebelde como venganza.

Según la Procuraduría, Torres "en realidad se dedicaba a actividades agrícolas después de su reinserción a la vida civil, conforme a los acuerdos firmados entre el Gobierno y las FARC, y fue catalogado como persona protegida conforme a las normas del Derecho Internacional Humanitario (DIH)".

Con documentos y testimonios la Procuraduría demostró que Pérez Amézquita, durante los días previos al asesinato de Dimar Torres, impartió órdenes a sus subalternos para identificar al posible responsable de la muerte del soldado Borja García "y desde un comienzo hizo explícita su intención de no judicializarlo, sino de matarlo y vengar de esa manera el hecho".

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En el caso del cabo segundo Gómez Robledo, el ente de control estableció que atendió las órdenes del coronel y que fue quien retuvo, requisó y luego disparó a la espalda y a la cara de Dimar Torres con su fusil de dotación, tras lo cual preparó la coartada de que su arma se disparó en un forcejeo con aquel.

Sobre los soldados implicados, "la Procuraduría encontró probado que, sin ninguna justificación, conscientes e intencionalmente prestaron colaboración al cabo segundo Gómez Robledo para ocultar el cuerpo sin vida y la motocicleta de Dimar Torres en zona boscosa (...) y además para lavar las manchas de sangre (…) que habían quedado sobre la vía destapada".

En fallo de primera instancia la Procuraduría calificó la falta de los disciplinados como "gravísima a título de dolo", por incurrir en graves violaciones al DIH.

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