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¿El miedo al coronavirus es un motivo para no formar parte de una mesa electoral en España?

© AFP 2023 / Miguel RiopaVotante frente a una urna en las elecciones de Galicia de 2016
Votante frente a una urna en las elecciones de Galicia de 2016 - Sputnik Mundo
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A escasos días de la celebración de elecciones en Galicia, 158 personas elegidas para ser vocales o presidentes de mesa electoral en Vigo rehúsan el puesto. Los motivos sanitarios incrementan para justificar esta renuncia. El miedo al coronavirus es uno de ellos.

El 12 de julio se acerca. Fecha en la que gallegos y vascos saldrán a votar en unas elecciones marcadas por la pandemia de coronavirus. La crisis sanitaria impidió su celebración el 5 de abril, día situado en pleno estado de alarma, y ahora, casi tres meses después, la máquina electoral vuelve a circular. Las imágenes de hospitales abarrotados y calles vacías se quedaron en la primavera, sin embargo, la enfermedad planea sobre la jornada electoral. El coronavirus podría ser la causa del posible desplome de la participación, pero también de la ausencia de personal en las mesas electorales.

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En Vigo, 158 de las 3.300 personas elegidas el 15 de junio se han acogido a alguno de los supuestos aceptados por la legislación para no acudir a la mesa. Es más, el Ayuntamiento celebró el miércoles 1 de julio un nuevo pleno extraordinario para seleccionar a los ciudadanos que cubran estas bajas. "Nunca ha pasado esto en democracia", reconoció el alcalde de Vigo, Abel Caballero.

Una cifra de renuncias elevada, pero tampoco descabellada según confirman a Sputnik Mundo desde la Junta Electoral de Zona de Vigo. "Este año hay alguna más, pero nada que haya sorprendido en exceso. Además, no es algo exclusivo de esta demarcación, sino que sucede en todas". No obstante, sí que reconocen que las causas sanitarias para no participar en el proceso han aumentado, aunque tampoco son las únicas. "Hay alegaciones de ciudadanos que sufren determinadas patologías, lo que les hace personas de riesgo. Pero las hay de otro tipo, como viajes de negocios o puestos laborales que solo puede desempeñar una determinada persona".

Ante el revuelo, el presidente de Galicia, Alberto Núñez Feijóo, volvió a asegurar que los más de 2.000 colegios electorales de la comunidad son "seguros".

 "Les aseguro que no van a correr riesgos", indicó el líder autonómico.

La Xunta ha ideado un protocolo para el día de la votación con el que se garantiza el abastecimiento de mascarillas, pantallas y gel hidroalcohólico para los miembros de las mesas electorales. Además, se mantendrán las distancias de seguridad y los ciudadanos deberán entrar individualmente en los colegios, priorizando el acceso de mayores de 65 años o personas con discapacidad. En su interior, los votantes, siempre con mascarilla, tendrán que seguir los flujos de circulación establecidos y antes de introducir la papeleta en la urna se higienizarán las manos. Por otro lado, las tareas de desinfección de las instalaciones serán constantes y se asegurará una buena ventilación.

El miedo al coronavirus no es un motivo

Pero, las medidas sanitarias no siempre funcionan como calmante. Frente a un verano de rebrotes en todo el país, hay personas elegidas para ser vocal o presidente de una mesa que utilizan la pandemia como motivo para no sentarse en un colegio electoral el 12 de julio. "Cualquier persona puede alegar lo que crea conveniente. Otra cosa es que los tres vocales judiciales y los dos no judiciales acepten la alegación".

"La mayoría de veces se resuelve con la presentación de un informe médico. A partir de ahí se valora, porque cada caso es un mundo. Muchas fueron aceptadas, pero muchas otras no", confirman en la Junta Electoral de Zona de Vigo.

El miedo al coronavirus no se considera una razón para no participar en proceso. Tampoco lo es padecer una enfermedad que haga a la persona más vulnerable al virus. Es más, según la instrucción 6/2011 que interpreta el artículo 27.3 de la Ley de Régimen Electoral General, solo en el caso de presentar una baja médica se acepta la no presencia. En el caso de no tener un certificado de incapacidad laboral, se exime a la persona siempre que su dolencia no le permita desarrollar las funciones asignadas en la mesa.

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El embarazo es otro motivo aceptado para renunciar a un puesto en el colegio electoral. Si la mujer está de seis meses no es necesario que acuda. Tampoco si la madre está en riesgo durante el embarazo. Tras dar a luz, el periodo de descanso maternal o de lactancia hasta que el bebé cumpla nueve meses liberan a la mujer de sentarse frente a una urna electoral.

Tener entre 65 y 70 años, edad límite para ser elegido, se puede usar como alegación para no formar parte de una mesa. Las personas con discapacidad, los pensionistas de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, los internados en centros penitenciarios u hospitales psiquiátricos, las víctimas de algún delito cuya pena sea una orden de alejamiento o la persona llamada a la mesa en tres ocasiones en los últimos 10 años también se consideran exenciones. La confesión religiosa del elegido se considera excusa válida si esta le impide estar en una mesa electoral.

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Otras razones aceptadas son la intervención quirúrgica del seleccionado o la realización de pruebas clínicas en la jornada electoral. A su vez, el médico que tiene que llevarla a cabo queda eximido de ser vocal o presidente de la mesa. Este se incluye en los profesionales que presten servicios esenciales durante el día de la votación, como bomberos, sanitarios, protección civil, periodistas o trabajadores administrativos que permiten la celebración de las elecciones. En esta lista se incorporan personas que tengan que participar en un evento público programado con anterioridad.

Existen también alegaciones reconocidas en relación al ámbito de los cuidados. Por ejemplo, cuando el padre o madre de un menor de 14 años puede abstenerse a acudir a la mesa electoral siempre que el otro cónyuge no pueda ocuparse y carezca de ascendientes o descendientes que se puedan hacer cargo. Otro motivo es el cuidado continuo o directo de menores de ocho años y personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. En el caso de un familiar con hasta un segundo grado de discapacidad que no puede valerse por sí mismo, se permite una reducción del tiempo en la mesa.

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