"El presente decreto supremo tiene como objeto establecer las medidas que nos permitan como país caminar hacia la búsqueda del equilibrio entre la observancia de las medidas sanitarias que permitan enfrentar la pandemia ocasionada por el COVID-19 y la reanudación de las actividades [económicas]", se indica en la norma que dispone la reanudación de ciertos sectores productivos.
Entre las principales actividades a reanudarse figuran:
- La adquisición, producción y abastecimiento de alimentos y medicamentos;
- La reapertura de establecimientos de salud, con exclusión de los hospitales y clínicas que han estado funcionando;
- El transporte de pasajeros comenzará a funcionar respetando la distancia social debida.
Asimismo, se permite la venta por internet de ropa, calzado y electrodomésticos, además de útiles escolares y de oficina.
Por otro lado, también se autoriza la atención odontológica, oftalmológica, de asistencia reproductiva humana, así como servicios veterinarios.
Un rubro importante es la reanudación del servicio de aplicativos de reparto de comida, así como servicios profesionales de informática, jardinería, peluquerías, cosmetología o servicios de limpieza doméstica.
El Gobierno indica que todas las actividades tendrán que cumplir con los protocolos sanitarios establecidos y todas serán ejecutadas sin que el cliente se mueva de su domicilio.
Según el Ministerio de la Producción, esta etapa de reactivación permitirá que cerca de seis millones de trabajadores vuelvan a sus labores.
A la fecha, Perú registra 3.456 decesos por la enfermedad respiratoria y 119.959 infectados.