"La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.160 dictado por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, el ciudadano Nicolás Maduro Moros, mediante el cual se declara el estado de alarma en todo el territorio nacional a fin de mitigar y erradicar los riesgos de epidemia relacionados con el coronavirus", señala el comunicado emitido por el TSJ.
"Se declara que el mismo entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Carta Magna", indicó el TSJ.
El pasado 13 de marzo, Maduro declaró el estado de alarma, luego que ese día se confirmaron los dos primeros casos de COVID-19 en el país caribeño.
El Gobierno venezolano ha tomado varias medidas para evitar la propagación del coronavirus, como la cuarenta colectiva nacional y el uso obligatorio del tapabocas en lugares públicos.
Entre otras medidas destacan: la cancelación de vuelos de Colombia, Europa, Panamá y República Dominicana, la suspensión de actividades escolares y laborales así como actos públicos masivos, mientras los restaurantes solo podrán vender comida para llevar.
Hasta el martes 24, en Venezuela el número de contagiados por COVID-19 era de 91 personas.