"La Corte Suprema determinó que las mujeres privadas de libertad pueden recibir la asignación universal por hijo (AUH) y por embarazo", informaron fuentes judiciales a las que accedió Sputnik.
El máximo tribunal del país confirmó así la sentencia que emitió la Cámara Federal de Casación Penal y que condenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a pagar asignaciones familiares por hijo y por embarazo a las internas del Centro de Detención de Mujeres Unidad 31, situado en la localidad de Ezeiza, en la provincia de Buenos Aires, que o bien estaban embarazadas, o decidieron permanecer en prisión con sus hijos menores de cuatro años.
Pero Casación, el máximo tribunal penal de Argentina, señaló que la negativa a reconocer los beneficios pretendidos agravaba las condiciones de detención, y que la ley de asignaciones familiares no excluye a las mujeres privadas de libertad ni a sus hijos.
Este fallo fue recurrido por la Anses, dependiente del Ministerio de Trabajo.
Sentencia
En su sentencia, la Corte Suprema consideró que la interpretación dada por la Cámara de Casación a las normas aplicables había sido en favor de los derechos consagrados por la Constitución y en los tratados internacionales con jerarquía constitucional.
De acuerdo a su jurisprudencia, el habeas corpus es un medio legal "rápido y eficaz para resguardar el trato digno en las prisiones y para solucionar situaciones injustas que allí se planteen", señaló el tribunal.
El tribunal también mencionó la situación de "violencia institucional" a la que alude la Ley de Protección Integral a las Mujeres y su reglamentación en respeto a las normas internacionales, por cuanto "la condición de mujer privada de libertad no puede ser valorada para la denegación o pérdida de planes sociales, subsidios, servicios o cualquier otro beneficio acordado o al que tenga derecho a acceder".
En caso de confirmarse, la Anses deberá acatar la sentencia, que fue firmada por los cinco integrantes de la Corte Suprema.