"El Pleno de la Sala de lo Penal que acuerda mantener la entrega del ex magistrado César Hinostroza a Perú por los delitos de patrocinio ilegal, tráfico de influencias y negociación incompatible del Código Penal peruano", señaló la Audiencia Nacional en un comunicado.
Del mismo modo, el Pleno rechazó un recurso de súplica de la Fiscalía y de la representación procesal de la República de Perú, que solicitaban su entrega también por un delito de organización criminal.
Además, el auto añade que Hinostroza se valió de su amistad con personas que "le guardaban lealtad" en los estamentos judiciales para "obtener resoluciones administrativas guiadas por intereses ajenos a los públicos" y que le revertían "supuestos beneficios económicos".
En respuesta a los argumentos del recurso de súplica presentado por Hinostroza, la Sala descarta que se haya vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del reclamado o que haya sido objeto de una persecución política.
En cuanto a los recursos rechazados a la Fiscalía y de la República de Perú, la Audiencia Nacional descarta que los hechos incluidos en la demanda de extradición puedan encajar en el delito de organización criminal que recoge el Código Penal español.
Según el tribunal, es preciso concretar más los datos y no basta —como hace la demanda de extradición— con "decir que la organización se extendía a los ámbitos empresarial, judicial y fiscal" para "gestionar nombramientos, ratificaciones y promoción a nivel laboral de personal administrativo, deportivo y político".
Con la denegación del recurso de súplica se da por cerrada la fase judicial del proceso de extradición, que ahora entrará en fase gubernativa, en la que el Gobierno de España deberá decidir de forma definitiva si autoriza o no la entrega del sujeto.