Según hizo saber este 12 de febrero a través de un comunicado, el Tribunal Supremo rechazó la petición de recusación alegando que las recusaciones no se admiten si no se proponen en el plazo de 10 días desde la notificación de la primera resolución por la que se conozca la identidad del juez o magistrado a recusar y si el conocimiento de la causa de recusación fuese anterior a aquél.
Y recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial recoge que la recusación debe ser presentada tan pronto se tenga conocimiento de la causa en la que esté basada.
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Finalmente, añade que desestima la petición una vez comenzado el proceso y siendo la causa de recusación conocida antes del momento en que se pidió la recusación al juez en cuestión.
Monterde, señaló la defensa, es el vicepresidente de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), que en el pasado ha realizado comunicados públicos en contra de Sànchez.
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La defensa del diputado citó como ejemplo un texto en el que calificaba a los partidarios del expresidente de la ANC de "piquete golpista".
"En el presente caso no nos encontramos ante una opinión aislada y esporádica, sino ante una auténtica línea editorial de la APM, sostenida a lo largo de varios meses con el presente procedimiento penal ya en marcha y que se ha manifestado por medio de la emisión de centenares de mensajes propios y el reenvío de cientos de mensajes ajenos", sostuvo la defensa del acusado.
Para el abogado del diputado de JxCat, la APM ha dirigido "auténtica campaña mediática en las redes sociales (….) de la que Monterde (…) no puede haber permanecido en modo alguno ajeno, máxime tratándose de cuentas oficiales de la asociación de la que es el segundo máximo responsable".